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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
23

Artículo 23 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo de ley le pone categorías a los trabajadores de a bordo (como sirvientes y personal de cocina) y los empareja con rangos de la marinería (los marineros y sus jerarquías). Por ejemplo, un "criado de segunda" vale lo mismo que un "marinero de segunda", y un "primer cocinero" equivale a un "cabo de mar de primera". Básicamente, te dice qué rango en la escala naval le toca a cada puesto de servicio, como si fueran equivalentes en nivel y mando.

Texto oficial

Artículo 23.- La clasificación jerárquica de la Servidumbre y sus equivalencias con la marinería, son: Criado de segunda Marinero de 2a. Criado de primera Marinero de 1a. Ayudante de cocina Marinero de 1a. 2o. Cocinero Cabo de mar de 2a. 1er. Cocinero Cabo de mar de 1a. 2o. Mayordomo Cabo de mar de 2a. 1er. Mayordomo Cabo de mar de 1a. Despensero 3er. Contramaestre.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 7) ↗

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