Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 276 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 276 habla de alguien (seguro un militar) que revisa cuántas balas, pólvora, explosivos y otros materiales se usaron durante prácticas de tiro, saludos o combates. Tiene que reportar por escrito al oficial de artillería lo que se gastó y apuntarlo en una libreta especial que le da el encargado de suministros para llevar el control. Al terminar el ejercicio, debe asegurarse de que todo quede guardado en su lugar correspondiente.

Texto oficial

Artículo 276.- En ejercicio de fuego, saludo o combate, tomará razón del consumo de municiones, pólvora, artificios, torpedos y demás artículos del cargo; dando parte por escrito al Oficial de artillería y anotando el consumo en la libreta auxiliar que le proporcionará el Detall para llevar el movimiento del propio cargo. A la terminación del ejercicio, saludo o combate, cuidará de que cada cosa se coloque en su lugar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 46) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.