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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
328

Artículo 328 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que la persona encargada de repartir el trabajo a la tripulación debe seguir las instrucciones del jefe a cargo o del oficial de guardia. Cuando el Comandante o el Segundo estén dirigiendo personalmente ciertas maniobras, esa misma persona debe estar bajo sus órdenes directas. Luego, tiene que avisar a los contramaestres (los supervisores de los marineros) y al resto del personal usando silbidos para que todos sepan qué hacer. En palabras sencillas: es como un capataz que recibe órdenes de su jefe y las transmite con un silbato a los trabajadores durante las maniobras del barco.

Texto oficial

Artículo 328.- Distribuirá el personal designado para los trabajos de su incumbencia, de acuerdo con las órdenes que reciba del Jefe del Detalle u Oficial de guardia; y en las maniobras que personalmente manden el Comandante o Segundo, estará a sus inmediatas órdenes y las transmitirá con pitadas a los Contramaestres subalternos y demás gente empleada en las referidas maniobras.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 51) ↗

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