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Ley
ORDENANZA General de la Armada
Artículo
380

Artículo 380 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que, para que alguien que está a cargo (como un capitán o un superior) haga bien su trabajo, debe convivir con la gente que tiene a su mando y fijarse en cómo se portan. Pero hay un límite: no puede hacerse su amigo o tener confianzas, porque eso haría que perdiera autoridad y respeto frente a ellos, que es justo lo que necesita para que le hagan caso.

Texto oficial

Artículo 380.- Para desempeñar eficazmente su cometido, procurará estar siempre en contacto con los tripulantes a fin de observar su comportamiento; pero en ningún caso tendrán con ellos familiaridades, pues éstas redundarían en perjuicio del ascendiente moral que necesitarán ejercer en alto grado sobre sus subalternos.

Ver texto oficial de la ORDENANZA General de la Armada (pág. 56) ↗

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