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Artículo 45 de la ORDENANZA General de la Armada

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Si pides y te dan permiso para cambiarte de un grupo militar a otro, tu tiempo de servicio se reiniciará desde el día en que te den tu nuevo nombramiento o patente. Eso significa que perderás la antigüedad que tenías antes del cambio. Siempre te van a entregar un documento oficial que acredite tu nuevo puesto.

Texto oficial

Artículo 45.- Los Jefes, Oficiales, Clases y Marinería, y sus similares, que soliciten y obtengan pasar de un Cuerpo a otro, tendrán en su empleo la antigüedad de la nueva patente o nombramiento, que en todo caso se les expedirá.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 16) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.