Artículo 45 de la ORDENANZA General de la Armada
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si pides y te dan permiso para cambiarte de un grupo militar a otro, tu tiempo de servicio se reiniciará desde el día en que te den tu nuevo nombramiento o patente. Eso significa que perderás la antigüedad que tenías antes del cambio. Siempre te van a entregar un documento oficial que acredite tu nuevo puesto.
Texto oficial
Artículo 45.- Los Jefes, Oficiales, Clases y Marinería, y sus similares, que soliciten y obtengan pasar de un Cuerpo a otro, tendrán en su empleo la antigüedad de la nueva patente o nombramiento, que en todo caso se les expedirá.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.