Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 114 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Imagínate que en el Congreso están discutiendo una nueva ley. Antes de votar si la aceptan o no, hasta seis personas pueden hablar a favor y otras seis en contra, sin contar a los que forman parte de la comisión que estudió el proyecto ni a algunos funcionarios especiales. Pero si solo están tratando un tema interno de la Cámara (como su propio presupuesto), ahí solo pueden hablar tres a favor y tres en contra, a menos que los diputados decidan dar más tiempo para discutirlo.

Texto oficial

Artículo 114.- Antes de cerrarse en lo general la discusión de los proyectos de ley, y en lo particular cada uno de sus artículos, podrán hablar seis individuos en pro y otros tantos en contra, además de los miembros de la Comisión dictaminadora y de los funcionarios a que alude el artículo 53 de este Reglamento. En los demás asuntos que sean económicos de cada Cámara, bastará que hablen tres en cada sentido, a no ser que ésta acuerde ampliar el debate. Artículo reformado DOF 20-01-1975

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.