REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 1El Congreso se reúne cada año para trabajar en un periodo fijo que empieza el 1 de septiembre y termina el 31 de diciembre, sin poder alargarse más allá de esa fecha, tal como lo marca otro artículo de la Constitución. Durante esos meses, los diputados y senadores sesionan (es decir, discuten y votan leyes) de manera normal. Si necesitan trabajar después del 31 de diciembre, ya no cuentan como parte del periodo ordinario, sino que sería un periodo extraordinario. Esta regla está pensada para que el Congreso tenga un tiempo definido para hacer su chamba cada año.
- Art. 2Antes de que los diputados terminen su período de trabajo, cada Cámara elige a 5 de sus propios integrantes para formar una "Comisión Instaladora". De esos 5, el primero será el presidente, el segundo y tercero serán secretarios, y los últimos dos serán suplentes que solo trabajan si falta alguno de los tres principales. Esta comisión se encarga de firmar las credenciales de entrada de los nuevos diputados a las juntas preparatorias y al Colegio Electoral, además de organizar la primera reunión formal o la mesa directiva provisional. Todo esto lo hacen siguiendo lo que dicen las leyes correspondientes.
- Art. 3Cuando se renuevan diputados y senadores en las elecciones, ellos deben juntarse en su cámara (la de Diputados o la de Senadores) el 15 de agosto a las 10 de la mañana, sin necesidad de que nadie los invite. Si no llegan suficientes para tener el mínimo necesario (llamado 'quórum'), los que sí llegaron forman una Junta Previa y acuerdan otra fecha para volverse a reunir, avisando a los que faltaron a través del Diario Oficial. En el caso de la Cámara de Diputados, el quórum se logra con más de la mitad de los diputados electos de mayoría; para el Senado, se necesitan dos terceras partes de los senadores electos.
- Art. 4Si más de la mitad de los diputados de todos los distritos electorales y dos terceras partes de los senadores asisten a una reunión (o a otra después), se forma la Junta Preparatoria. Ahí, cada Cámara (diputados y senadores) elige en voto secreto y por mayoría de votos a un Presidente, un Vicepresidente y dos Secretarios, escogidos entre sus propios miembros. En pocas palabras, se necesita que llegue suficiente gente para empezar a trabajar y nombrar a los jefes.
- Art. 5Cuando empieza el Congreso, los diputados y senadores que aún no son oficiales deben presentar sus papeles para demostrar que realmente ganaron la elección. En la Cámara de Diputados se forman tres equipos (comisiones) de varios miembros para revisar cada caso: unos checan a los diputados electos por mayoría, otros a los de la primera comisión y otros a los diputados de partido. En la Cámara de Senadores solo se forman dos equipos, que hacen un trabajo parecido. Después de eso, los secretarios reparten los expedientes (carpetas con los documentos de cada candidato) a las comisiones correspondientes, y el presidente de cada comisión firma un recibo para llevar el control.
- Art. 6Después de la primera reunión preparatoria, tienen que pasar máximo tres días para que se haga la segunda. Ahí, dos comisiones de la Cámara de Diputados y dos del Senado empiezan a presentar sus informes. Le dan prioridad a los casos que ellos consideran que no necesitan debatirse, y de ahí en adelante las juntas se hacen todos los días. Para los diputados y senadores que ganaron por mayoría de votos, los informes se hacen de manera conjunta. En cambio, para los diputados que llegaron por un partido político, una tercera comisión especial hace un informe separado para cada partido que tenga ese derecho.
- Art. 7En las reuniones de los diputados (y otras que se necesiten), se revisa si la elección de cada uno de ellos fue legal. Para decidir si un nombramiento es válido, se necesita más de la mitad de los votos de los presentes. Una vez que se toma una decisión sobre esto, ya no se puede cambiar ni discutir de nuevo. Es como cuando en una junta del vecindario deciden por mayoría si alguien puede ser representante, y después de votado, el asunto se da por cerrado.
- Art. 8En la última junta que hace la Cámara de Diputados o de Senadores antes de que se instale un nuevo Congreso, todos los diputados, senadores y el público en las galerías se ponen de pie. El presidente de la Cámara dice un juramento donde promete cumplir y hacer cumplir la Constitución y las leyes, y desempeñar su cargo con lealtad y patriotismo, pensando en el bien de todo el país. Si no lo hace, la Nación le puede pedir cuentas. Después, el presidente se sienta y les pregunta a los demás legisladores, que siguen de pie, si hacen la misma promesa. Ellos tienen que responder: "Sí, protesto", y el presidente cierra diciendo que si no cumplen, la Nación se lo reclamará.
- Art. 9Todos los diputados y senadores que lleguen después del inicio del periodo también tienen que rendir la misma protesta que ya hicieron los demás. Esto significa que deben prometer cumplir con su trabajo siguiendo la ley. Es como cuando en una junta alguien llega tarde y le toca hacer lo mismo que los que ya estaban. No importa si ya empezaron las sesiones, cada representante electo tiene que dar su palabra.
- Art. 10Una vez que los diputados y senadores ya hayan rendido protesta (hecho su juramento), cada Cámara va a elegir a un Presidente, dos Vicepresidentes, cuatro Secretarios y cuatro Prosecretarios. Cuando tengan a esos funcionarios, la Cámara se considera oficialmente formada. Para anunciarlo, el Presidente lo va a decir en voz alta: “La Cámara de Senadores (o la Cámara de Diputados) de los Estados Unidos Mexicanos, se declara legítimamente constituida.” Así quedan listos para empezar a trabajar.
- Art. 11El mismo día se formarán tres grupos de cinco personas de cada Cámara (diputados y senadores), más un secretario, para avisar a la otra Cámara, al Presidente de la República y a la Suprema Corte sobre algo importante. También, cada Cámara elegirá un grupo que, junto con el de la otra Cámara, acompañará al Presidente desde su casa hasta donde se reúnen. Además, se nombrarán dos grupos más: uno que lo recibirá cuando inicie las sesiones del Congreso y otro que lo acompañará de regreso a su casa.
- Art. 12Cada 1 de septiembre, a las 5 de la tarde, los diputados y senadores se juntan en el salón donde se reúnen los diputados para abrir oficialmente el Congreso. Antes de que llegue el Presidente de la República, el presidente de la Cámara de Diputados (quien en ese momento también es el presidente del Congreso) dice en voz alta: “El Congreso (el número que le toque) de los Estados Unidos Mexicanos abre hoy (la fecha) el período de sesiones ordinarias del primer (segundo o tercer) año de su trabajo.” Es como un anuncio formal para empezar las actividades del Congreso.
- Art. 13Cuando se instala un nuevo Congreso, la primera reunión se hace diez días antes de que empiecen las sesiones ordinarias. En esa junta, o en las siguientes si ya hay suficientes diputados presentes (lo que se llama quórum), se eligen al Presidente y Vicepresidentes que van a durar solo un mes, y a los Secretarios y Prosecretarios que durarán un año. Después de eso, se declara oficialmente que la Cámara ya puede funcionar y se nombran las comisiones de trabajo que se mencionan en el artículo 11.
- Art. 14La Cámara de Diputados puede empezar a trabajar aunque todavía no se resuelva el caso de los diputados que son de partido, siempre y cuando esté presente más de la mitad de los diputados de mayoría. Una vez que ya se haya clasificado a esos diputados de partido, para sesionar se necesita la mitad más uno de todos los diputados en funciones. En cambio, la Cámara de Senadores solo puede abrir sus sesiones si están presentes al menos dos terceras partes de sus miembros.
- Art. 15Cada mes, cuando las Cámaras (que son como dos grupos de diputados y senadores) están trabajando en sus sesiones, el último día hábil del mes eligen a un presidente y dos vicepresidentes para que los lideren. Estos cargos empiezan desde la siguiente sesión después de su elección y duran hasta que se elija a otra persona o termine el periodo. Además, la misma persona no puede ser elegida otra vez para el mismo puesto dentro de un año.
- Art. 16Cuando se elige al Presidente o Vicepresidentes de alguna Cámara del Congreso, se tiene que avisar por escrito a la otra Cámara, al Presidente de la República y a la Suprema Corte de Justicia. Es solo un trámite para que todos sepan quiénes son los nuevos encargados y no haya confusiones.
- Art. 17Si el Presidente no está, uno de los Vicepresidentes toma su lugar y hace todo su trabajo. Si tampoco hay Vicepresidente disponible, entonces el encargado será el miembro que lleve menos tiempo en el puesto, pero que ya haya sido Presidente o Vicepresidente antes. Si tanto el Presidente como los Vicepresidentes faltan de manera definitiva (por renuncia, muerte, etc.), se tendrá que hacer una nueva elección para escoger a quien los reemplace.
- Art. 18El Presidente de la Cámara de Diputados o Senadores no puede tomar decisiones por su cuenta; tiene que obedecer lo que vote la mayoría de los diputados o senadores. O sea, aunque sea el jefe de la sesión, su opinión personal no cuenta más que la del grupo. Lo que decida la Cámara es lo que se hace, así él no esté de acuerdo.
- Art. 19Si un diputado no está de acuerdo con una decisión del Presidente de la Cámara, puede pedir que se vote de nuevo. Antes de votar, pueden hablar dos diputados a favor y dos en contra. Esto solo se puede hacer si el mismo asunto no se ha votado antes y al menos dos diputados presentes apoyan el reclamo.
- Art. 20Si el presidente de la Cámara necesita dar información como parte de su trabajo (según el Reglamento), lo hará sentado. Pero si quiere opinar en un debate, debe pedir la palabra en voz alta y seguir las mismas reglas que los demás diputados. Mientras él opina, otro vicepresidente lo reemplaza en sus funciones.
- Art. 21El Presidente de la Cámara de Diputados tiene varias responsabilidades. Debe abrir y cerrar las sesiones a la hora correcta, asegurarse de que todos guarden orden y silencio, y decidir qué temas se discuten primero, dando preferencia a los más importantes para el país. También entrega la palabra a los diputados, primero a uno que esté en contra y luego a uno a favor, y después de las votaciones anuncia si se aprobó o no una propuesta. Además, firma las actas y las leyes aprobadas, nombra comisiones para ceremonias, y avisa al inicio de cada sesión qué se va a tratar. Si alguien no se porta bien, lo puede llamar al orden, y si algo grave ocurre, puede citar a sesiones extraordinarias.
- Art. 22Si el Presidente de la Cámara de Diputados no sigue las reglas de este reglamento, puede ser reemplazado por el Vicepresidente o por quien lo sustituya. Para que esto pase, alguien de la Cámara debe proponer la idea (llamada moción), y al menos dos de los diputados presentes deben apoyarla. Después, se discute el tema, donde solo dos personas pueden hablar a favor y dos en contra. Al final, se vota diciendo cada quién su nombre y su voto (votación nominal), y si se aprueba, se hace el cambio.
- Art. 23Los Secretarios y Prosecretarios son personas que ayudan a organizar las juntas en el Congreso. Trabajan solo durante los días de sesiones (tanto las normales como las especiales) de ese año, y no pueden repetir el puesto. Los Secretarios de la Comisión Permanente solo trabajan mientras esa comisión esté activa. Si un Secretario falta, su lugar lo toma un Prosecretario, y además estos últimos ayudan a los primeros con sus tareas.
- Art. 24Cuando se nombre a un Secretario o Prosecretario (que son los altos cargos que apoyan el trabajo de las Cámaras del Congreso), se debe avisar a la otra Cámara, al Presidente y a la Suprema Corte de Justicia. Esto es para que todos estén enterados oficialmente de quién ocupará esos puestos.
- Art. 25El Artículo 25 explica las tareas que tienen que hacer los Secretarios (y a veces los Prosecretarios) en el Congreso. Básicamente, se encargan de pasar lista a los diputados y senadores para saber quién fue a la sesión. También tienen que escribir las actas de lo que se habló y decidió en cada reunión, firmarlas y guardarlas en un libro. Además, deben cuidar que se impriman y repartan a tiempo los documentos importantes, como los dictámenes de las comisiones. Por último, llevan el control de las votaciones, firman leyes y nombramientos junto con el Presidente de la Cámara, y revisan que el trabajo en las oficinas del Congreso se haga bien.
- Art. 26Los secretarios y prosecretarios se van a ir turnando para hacer las tareas que les tocan según este reglamento. Ellos mismos se ponen de acuerdo sobre cómo repartirse los turnos; si no llegan a un arreglo, entonces el Presidente de la Cámara decide por ellos. Esto aplica para el trabajo en las sesiones. En pocas palabras, primero intentan ponerse de acuerdo entre ellos, y si no, el jefe resuelve.
- Art. 27Las sesiones del Congreso pueden ser de varios tipos: las ordinarias son las que ya están programadas, las extraordinarias se hacen cuando hay algo urgente que tratar, las públicas son abiertas a quien quiera verlas, las secretas son a puerta cerrada y las permanentes no tienen hora de cierre. Ninguna de las dos Cámaras (Diputados y Senadores) puede dejar de sesionar por más de tres días seguidos sin que la otra esté de acuerdo. Esto es para que no se echen la flojera o eviten trabajar en los asuntos importantes.
- Art. 28Las sesiones normales del Congreso se hacen en días de trabajo, durante los períodos establecidos por la Constitución. Empiezan, por lo general, a las 12 del día y duran hasta 4 horas, aunque se pueden alargar si el presidente de la Cámara lo decide o si algún diputado lo propone y es aprobado. Las sesiones extraordinarias son las que ocurren fuera de esos períodos constitucionales o en días festivos. Las sesiones permanentes se declaran así por acuerdo de los miembros de la Cámara para tratar un tema específico que ya se definió de antemano.
- Art. 29Los miércoles, en las sesiones de la Cámara, se van a ver primero los asuntos de personas comunes y corrientes. Después de atender esos casos, pueden revisar temas del gobierno. Pero si hay algo muy urgente que resolver, el Presidente puede adelantarlo aunque sea miércoles.
- Art. 30En las juntas, primero se revisa el acta de la reunión anterior para ver si todos están de acuerdo. Si alguien discute algo del acta, la Secretaría informa y dos personas pueden hablar a favor y dos en contra, luego se vota si se aprueba. Después se ven los mensajes de la otra Cámara de Diputados o Senadores, del Presidente, de la Suprema Corte, de los congresos estatales y de los gobernadores. Luego toca el turno de las propuestas de ley (iniciativas) que vienen del Presidente, de los congresos estatales o de los propios diputados. Más adelante se revisan los informes de comisiones (dictámenes) sobre proyectos de ley, que deben leerse antes del día de su discusión, y luego las solicitudes de ciudadanos comunes.
- Art. 31Los lunes, después de la junta pública de la Cámara de Diputados, se hace una reunión a puerta cerrada para tratar los asuntos de dinero y otros temas que deben mantenerse en secreto. Nadie de fuera puede entrar a esa sesión. Esto es para que los diputados hablen sin filtros de cosas delicadas, como presupuestos o asuntos privados. Ni los medios ni el público tienen acceso a lo que se discute ahí. Así se manejan los temas que requieren discreción.
- Art. 32Este artículo dice que si surge un tema importante fuera del día normal de trabajo, se puede hacer una junta privada y especial. Esa junta la puede ordenar el presidente de la Cámara, o pedirla algún diputado, o sugerirla el mismo presidente de la Cámara o el Ejecutivo (el presidente del país). En pocas palabras, permite reuniones secretas cuando sea necesario.
- Art. 33Pues mira, el artículo 33 dice cuándo una sesión del Congreso debe ser a puerta cerrada, sin que entre el público. Esto pasa en cinco casos: primero, cuando se acusa a diputados, senadores, al Presidente, a secretarios de Estado, gobernadores o ministros de la Suprema Corte. Segundo, cuando la otra Cámara, el presidente, los gobernadores o los congresos estatales mandan documentos marcados como “reservados”. Tercero, para hablar de los gastos internos de la Cámara. Cuarto, para tratar temas de relaciones con otros países. Y quinto, para cualquier otro asunto que quien preside la sesión decida que debe mantenerse en secreto.
- Art. 34Artículo 34: En las sesiones secretas de la Cámara, si se habla de un tema que necesita mucha privacidad, el presidente del Congreso les va a preguntar a los diputados si deben mantenerlo en secreto. Si la mayoría dice que sí, todos los que estén presentes tienen la obligación de no platicarlo con nadie.
- Art. 35El Congreso puede tener juntas especiales (sesiones extraordinarias) solo cuando la Comisión Permanente o el Presidente las pida. Para que se hagan, se necesita el voto de al menos dos de cada tres diputados o senadores que estén en ese momento. En esas juntas, solo pueden hablar y decidir sobre el tema que se dijo en la invitación, no pueden tratar otros asuntos.
- Art. 36Si el presidente pide permiso para faltar, renuncia o simplemente ya no está, y el Congreso está en funciones, los diputados y senadores deben juntarse al día siguiente en el edificio de la Cámara de Diputados, a las 9 de la mañana, aunque ese día sea feriado. No hace falta que los llamen por separado, porque ya está establecido que se reúnan así. La sesión la va a dirigir la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados. Esto sirve para decidir qué sigue, como nombrar a un presidente interino o aceptar la renuncia, según lo que dice la Constitución.
- Art. 37Si en una junta extraordinaria no se juntan suficientes personas (falta de quórum) o no se puede llevar a cabo por cualquier otro motivo, el Presidente puede usar su autoridad para obligar a los que faltaron a que asistan. Puede hacerlo por los medios que considere más adecuados, como llamarlos, presionarlos o lo que sea necesario. Esto aplica solo para esa sesión, no para juntas normales. En otras palabras, el Presidente tiene el poder de forzar a los ausentes a presentarse si la reunión es urgente y no se pudo realizar.
- Art. 38El artículo 38 dice que, cuando no se trate de los casos especiales ya previstos, las sesiones extraordinarias las debe convocar el Presidente de una de las Cámaras (la de Diputados o la de Senadores). Esto se hace siguiendo las reglas que ya están escritas en el artículo 21, fracción XIV, de este mismo Reglamento. En otras palabras, si no hay una situación de emergencia ya contemplada, es el jefe de una de las Cámaras quien tiene la facultad de llamar a una reunión fuera del horario normal.
- Art. 39Cuando se junten los diputados a una junta especial (sesión extraordinaria), ya sea a puerta cerrada (secreta) o abierta, el que preside la Cámara les va a explicar quién pidió esa junta. Luego de eso, se les pregunta a todos si el tema que van a tratar debe verse a puerta cerrada. Si la mayoría dice que sí y la junta empezó así, sigue siendo secreta. Pero si no, se guarda el asunto para la siguiente junta normal o se hace pública la junta que ya había empezado en secreto.
- Art. 40Si el Congreso se reúne en un periodo extraordinario (fuera de su horario normal de trabajo), solo puede hablar de los temas que aparecen en la invitación oficial. Si llega el día de empezar las sesiones normales y no terminaron esos temas, se cierra el periodo extraordinario y lo que quedó pendiente se trata en las sesiones ordinarias.
- Art. 41Las Cámaras de Diputados y de Senadores pueden ponerse de acuerdo, con más de la mitad de los votos de los diputados o senadores que estén presentes, para estar en sesión sin parar. Esto significa que pueden seguir discutiendo hasta que resuelvan el tema del que hablaron en ese acuerdo. Es como cuando en una junta deciden quedarse sin descanso hasta terminar un asunto importante.
- Art. 42Durante una sesión permanente (esas juntas largas que no se cierran), solo se pueden tratar los temas que ya estaban acordados desde el principio. Si de repente surge un asunto muy urgente, el Presidente puede decidir si llama a una junta especial aparte o le pregunta a la Cámara si quieren verlo ahí mismo en la sesión permanente. En pocas palabras, no se puede meter cualquier otro tema que no sea el que ya tenían planeado, a menos que sea una emergencia.
- Art. 43Cuando terminen todos los temas que se trataron en la sesión permanente (esa junta que no para hasta resolver lo que haya), se va a leer, discutir y aprobar el acta de esa sesión. El acta es el documento donde se escribe todo lo que se dijo y acordó. Básicamente, antes de cerrar la junta, todos revisan y votan si están de acuerdo con lo que se anotó. Así se aseguran de que quede bien claro lo que pasó.
- Art. 44El artículo 44 dice que, aparte de lo que ya se menciona en el artículo anterior, la Cámara puede decidir terminar una sesión permanente si así lo acuerdan entre los diputados. O sea, si los legisladores votan y están de acuerdo en cerrar la reunión que no tiene hora fija de término, se puede dar por finalizada. Es como cuando en una junta larga alguien propone "ya vámonos" y todos aceptan. No importa si todavía hay temas pendientes, la decisión depende de lo que ellos acuerden.
- Art. 45Los diputados y senadores tienen que ir a todas las juntas y quedarse desde que empiezan hasta que terminan. Deben sentarse en cualquier lugar, sin escoger asientos especiales, y vestirse de manera formal porque son un cargo importante. Si no están cuando pasan lista, se les cuenta como faltas; también si no aparecen en una votación o cuando no hay suficientes personas para sesionar.
- Art. 46Cuando se inauguran las sesiones del Congreso o cuando el Presidente rinde protesta, los diputados y senadores tienen que ir vestidos de forma formal, de preferencia con un traje de color negro. No importa si usan traje completo, saco y corbata o vestido formal, pero debe ser de vestir y en tono oscuro. No se vale ir en ropa casual como pants, tenis o playera. Es como cuando vas a una boda o un evento importante, te pones lo más formal que tengas.
- Art. 47Si eres diputado o senador y no puedes ir a una sesión por enfermedad o alguna otra razón importante, debes avisarle al Presidente de la Cámara, ya sea con un escrito o diciéndoselo directamente. Pero si te vas a perder más de tres días, necesitas pedirle permiso formal a toda la Cámara para que te autoricen la falta. Esto es para que nadie falte sin justificación y todo funcione bien en el Congreso.
- Art. 48Las licencias para faltar a las sesiones del Congreso solo se dan por razones muy serias, y no pueden dárselas a más del 25% de los diputados. Esto evita que falte mucha gente al mismo tiempo y se puedan seguir tomando decisiones.
- Art. 49Según este artículo, los funcionarios públicos no pueden pedir licencias con sueldo por más de dos meses, a menos que sea por enfermedad y puedan comprobarla. En otras palabras, si te tomas un permiso para ausentarte del trabajo y quieres que te sigan pagando, no puede durar más de dos meses. La única excepción es si estás enfermo y presentas un certificado médico que lo demuestre. Así que no puedes pedir una licencia con goce de sueldo por más tiempo solo porque quieras.
- Art. 50Si un diputado o senador falta diez días seguidos a las sesiones sin una excusa válida, el gobierno va a publicar su nombre en el periódico oficial para que todos sepan quién es. Esa publicación se va a repetir cada día que la persona siga sin asistir. Esto aplicaba según un artículo que luego se quitó en 1937 y se agregó otra vez ese mismo año.
- Art. 51Cada mes, un grupo de diputados y senadores (la Comisión de Administración) debe presentar un presupuesto para que lo revisen y aprueben a puerta cerrada. Ese dinero se usa para pagar las dietas (sueldos o compensaciones) de los miembros de la Cámara. También deben presentar el presupuesto para los sueldos de los empleados que trabajan ahí y para mantener los edificios del Congreso en buen estado. Además, esa comisión se encarga de checar las cuentas y de administrar el dinero, o sea, decide cómo se gasta y vigila que todo esté en orden.
- Art. 52Si un diputado o senador se enferma grave, el presidente de su Cámara (el jefe de esa sala) va a nombrar a dos personas para que lo visiten y reporten cómo está. Si el político fallece, la Cámara manda imprimir invitaciones para el funeral a nombre del presidente, y elige a seis integrantes para que vayan al entierro, pero solo si este se hace en la Ciudad de México (donde está el Congreso). Si el difunto muere en otro lado, el presidente de la Cámara le pide a alguna autoridad de ese lugar que vaya al funeral o mande a alguien en su lugar. Cuando el Congreso está en receso (de vacaciones), la Comisión Permanente se encarga de hacer todo esto, y los gastos del funeral los paga la Cámara con su presupuesto.
- Art. 53El artículo dice que los jefes de las secretarías y otras dependencias del gobierno federal pueden ir a las sesiones del Congreso si el Presidente los manda o si la Cámara los llama, como lo marca la Constitución. También pueden ir por su cuenta si quieren, sobre todo cuando se hable de un tema que tenga que ver con su trabajo. Si van, pueden participar en la discusión de ese asunto. Nota: El *DOF 20-01-1975* solo indica cuándo se reformó este artículo, no afecta la explicación.
- Art. 54Si un funcionario del gobierno (como un secretario) recibe una invitación para ir a la Cámara de Diputados y al Senado al mismo tiempo, el Presidente de México puede decidir a cuál de las dos debe ir primero. El funcionario tiene que presentarse en la cámara que el Presidente elija como más urgente o importante, y después ir a la otra. Esto sirve para que el gobierno pueda organizar mejor su tiempo y atender lo prioritario.
- Art. 55Este artículo dice quiénes pueden proponer nuevas leyes en México. Solo cuatro grupos tienen ese derecho: el Presidente de la República, los diputados y senadores del Congreso, y los congresos de cada estado. O sea, ni tú ni yo podemos llegar y decir "propongo esta ley", solo esas autoridades pueden hacerlo.
- Art. 56Las propuestas de ley que presente el presidente, los congresos de los estados o uno o varios diputados o senadores se mandan directito a una comisión para que la analicen a fondo. No se quedan en el escritorio de nadie ni necesitan un visto bueno previo antes de ser turnadas. Una comisión es un grupo de legisladores especialistas en ese tema. Es como cuando en tu trabajo un proyecto nuevo se va al departamento que le toca para que lo estudien antes de tomar una decisión.
- Art. 57Cuando una cámara del Congreso (Diputados o Senadores) termina de revisar una propuesta de ley y se la manda a la otra, esa propuesta se va directito a una comisión de estudio, sin vueltas. Es como si alguien te pasa una tarea y tú la envías al equipo encargado de revisarla sin atorarla en tu escritorio. Así se evita que se quede parada y se agiliza el proceso.
- Art. 58Este artículo habla sobre cómo se manejan las propuestas en la Cámara de Diputados que no son presentadas como una ley por un grupo grande de diputados. Si uno o varios diputados (sin ser mayoría) quieren hacer una propuesta, deben entregarla por escrito y firmada al Presidente de la Cámara, y se leerá una sola vez en la sesión. El autor o uno de ellos podrá explicar los motivos de su propuesta. Luego, dos diputados pueden dar su opinión: uno a favor y otro en contra, dando preferencia al que hizo la propuesta. Al final, la Cámara vota si acepta discutir la propuesta; si la aceptan, la mandan a una comisión para su análisis, y si la rechazan, la propuesta se da por cancelada.
- Art. 59Cuando hay un asunto muy importante o urgente que debe resolverse rápido, la Cámara de Diputados puede hacer una excepción a las reglas normales. Para eso, se necesita que al menos dos de cada tres diputados presentes estén de acuerdo en que el caso es urgente. Si alguien lo propone y se aprueba, pueden discutir y votar el tema en ese mismo momento, aunque no sea la hora habitual para hacerlo.
- Art. 60Para que una propuesta o proyecto de ley se pueda discutir en la Cámara de Diputados o Senadores, primero debe ser revisado por una comisión especial (un grupo de diputados o senadores expertos en el tema), y esa comisión tiene que emitir un dictamen (un documento con su opinión y recomendación). Solo se puede saltar este paso si la Cámara, por acuerdo de todos, decide que el asunto es urgente o muy sencillo de resolver por ser evidente. Además, cuando se trate de permisos para que un mexicano pueda aceptar cargos de gobiernos extranjeros (como los que menciona el Artículo 37 de la Constitución), la comisión encargada puede revisar varias solicitudes al mismo tiempo y juntarlas en un solo proyecto de decreto. Eso sí, si algún diputado o senador lo pide, se puede separar cualquiera de esos permisos para discutirlo por separado.
- Art. 61Cuando alguien que no sea diputado, senador o el gobierno (como tú, una empresa o cualquier autoridad) quiere hacer una propuesta en el Congreso, esa solicitud se envía directo a una comisión especial. El presidente de la Cámara decide a qué comisión mandarla según de lo que trate el asunto. Esa comisión estudia la petición y decide si vale la pena tomarla en cuenta o no. En pocas palabras, no cualquier persona puede presentar una ley, pero sí puede pedir que se analice.
- Art. 62Para crear una ley, el proyecto puede empezar en cualquiera de las dos Cámaras del Congreso (Diputados o Senadores). La excepción son los temas de préstamos, impuestos o reclutamiento de soldados, que solo pueden comenzar a discutirse en la Cámara de Diputados. En esos casos, los Senadores no pueden ser los primeros en proponer la ley.
- Art. 63Cada vez que se presente una nueva ley en el Congreso, si el tema no es algo que solo le toque decidir a una de las dos Cámaras (Diputados o Senadores), las dos tendrán que discutirla por turnos. Primero la analiza una Cámara y después la otra, una detrás de la otra. En ese proceso, ambas deben seguir el mismo reglamento sobre los tiempos, cómo se hacen los debates y cómo se llevan a cabo las votaciones.
- Art. 64Para cambiar, quitar o explicar una ley, se deben seguir los mismos pasos que se usaron para crearla desde cero. O sea, no se puede modificar una ley a escondidas o sin el mismo proceso. Esto aplica también para las comisiones que estudian las leyes, que deben cumplir con esos trámites. En pocas palabras, todo el proceso de hacer leyes debe ser parejo y transparente.
- Art. 65Para hacer el trabajo del Congreso, se forman grupos de diputados y senadores llamados comisiones. Hay dos tipos: las comisiones permanentes, que duran todo el año, y las comisiones especiales, que se crean para un asunto en particular. Estas comisiones estudian los temas y los preparan para que el pleno (todos los legisladores) pueda votarlos. Las comisiones permanentes se eligen al inicio del primer año de trabajo de cada Cámara.
- Art. 66Las Comisiones Permanentes son grupos de diputados que trabajan en temas específicos todo el año, incluso cuando el Congreso no está en sesiones. Este artículo solo lista las comisiones que existen, como Agricultura, Educación, Salud, Hacienda, Trabajo, Turismo y muchas más. Cada una se encarga de revisar y discutir asuntos relacionados con su tema, por ejemplo, proyectos de ley o problemas del país. No dice cómo funcionan ni quiénes las integran, solo enumera los nombres de todas las comisiones disponibles.
- Art. 67La Comisión Revisora de Credenciales es una comisión ordinaria, o sea, un grupo permanente de trabajo que revisa documentos oficiales. Su tarea principal es checar y validar las credenciales (identificaciones, títulos, etc.) que presentan las personas. Funciona de manera regular, no solo en casos especiales.
- Art. 68Cada año se cambia a todo el grupo de personas que forman la Comisión de Administración. La elección de los nuevos miembros se hace en la primera junta de cada periodo normal de trabajo.
- Art. 69La encargada de revisar las cuentas del gobierno (llamada Inspectora de la Contaduría Mayor de Hacienda) cambia cada año, y se elige al mismo tiempo que la persona que la reemplaza. Su trabajo depende de las reglas que marca un reglamento especial y de lo que decida la Cámara de Diputados (los diputados federales).
- Art. 70Cada Cámara (la de Diputados y la de Senadores) puede decidir si crea más comisiones o reduce las que ya tiene, y también puede dividirlas por temas (como salud, educación o finanzas) según lo que necesite para trabajar mejor. Esto lo hacen si les parece útil o si los asuntos que deben atender así lo requieren.
- Art. 71Cada Cámara (la de Diputados y la de Senadores) puede formar grupos de trabajo especiales, llamados comisiones, cuando haya un asunto muy urgente o importante que requiera atención rápida. Estas comisiones no son fijas, sino que se crean solo para casos específicos. La decisión la toman los propios miembros de la Cámara según lo que consideren necesario.
- Art. 72La Gran Comisión es un grupo de diputados y senadores que representan a cada estado y al Distrito Federal (hoy Ciudad de México). En la Cámara de Diputados, cada estado elige a un representante entre sus propios diputados por votación; si solo hay dos diputados de un estado y no se ponen de acuerdo, el que queda se decide al azar. Si solo hay un diputado de un estado, ese entra directo a la comisión. En el Senado, los 29 miembros se eligen por sorteo entre los dos senadores de cada estado; si solo hay uno presente, ese va, y si no hay ninguno, el primero que llegue después toma el lugar. Si ningún representante de un estado está presente cuando se forma la comisión, el primer diputado o senador que llegue después entra de inmediato, hasta que su grupo haga una elección formal.
- Art. 73El artículo 73 dice que la Gran Comisión, que es un grupo de personas dentro de una organización, tiene que elegir a su Presidente y a su Secretario solo entre sus propios miembros. Esta elección se hace en voto secreto y gana quien tenga más votos. El Presidente y el Secretario van a estar en su puesto todo el tiempo que dure la Comisión. Además, la Comisión solo puede tomar decisiones si está presente más de la mitad de sus integrantes.
- Art. 74Este artículo ya no está vigente, fue eliminado en 1937 y después se agregó de nuevo ese mismo año. Básicamente decía que un grupo especial de diputados, llamado la Gran Comisión, era el encargado de sugerir quiénes formarían parte de las comisiones de trabajo del Congreso, tanto las que son fijas como las temporales. Al estar derogado, ya no se aplica en la actualidad, así que no debes tomarlo en cuenta para entender las reglas de hoy.
- Art. 75La Gran Comisión (un grupo especial de diputados) es la que decide quién trabaja en la Cámara de Diputados. Ellos proponen a quién contratar, a quién despedir y aprueban los permisos que pidan los empleados. También sugieren quién ocupará los puestos vacantes. Al final, toda la Cámara vota para aceptar o rechazar lo que propone la Gran Comisión.
- Art. 76Al día siguiente de que empiecen las sesiones del primer año, un grupo especial de diputados (la Gran Comisión) le va a dar al Congreso dos listas para que las aprueben. Una lista es de las comisiones que trabajan todo el tiempo, y la otra, de los diputados que se eligieron al azar (insaculados) para el Gran Jurado, el cual decide si un funcionario tiene o no tiene la culpa. Esas listas se van a discutir inmediatamente.
- Art. 77Cuando se quede un lugar vacío en alguna comisión, los jefes de los grupos políticos se juntan para proponer a alguien que lo ocupe. Para elegir a esa persona, siguen las mismas reglas que usaron la primera vez para formar la comisión.
- Art. 78Las comisiones especiales son grupos de diputados o senadores que se forman solo cuando se necesita atender un asunto muy concreto, como revisar un tema urgente o delicado. Cada Cámara (la de Diputados o la de Senadores) decide crearlas para que el trabajo se haga más rápido y ordenado. No son permanentes, duran solo el tiempo que sea necesario para resolver ese asunto. En pocas palabras, son equipos temporales que se arman para sacar adelante un pendiente específico.
- Art. 79Este artículo dice que las comisiones que no tengan reglas especiales se forman con tres miembros principales y uno suplente. El suplente solo entra cuando un titular falta de manera temporal; si el titular deja el puesto para siempre, el suplente se vuelve titular y luego se elige a otro suplente. Además, el presidente de la comisión será la persona que haya sido nombrada primero, y si ella falta, el que le sigue en el orden de nombramientos ocupará su lugar.
- Art. 80La Cámara de Diputados elige cada año, durante los primeros días hábiles de su periodo normal de trabajo, a un grupo de cinco personas llamado Comisión de Presupuestos y Cuenta. La elección se hace en secreto, y gana la opción que tenga más votos. Apenas el gobierno entregue su propuesta de gastos para el próximo año y los informes del año anterior, esa comisión los recibe de inmediato para revisarlos. En pocas palabras, es el equipo que checa cómo se gasta el dinero del país.
- Art. 81La Comisión de Presupuestos y Cuenta tiene que revisar los papeles del dinero que gasta el gobierno. Cuando los analice, está obligada a dar su opinión por escrito en menos de 30 días. Ese informe se llama dictamen y es como un visto bueno o rechazo.
- Art. 82Si alguien de una Comisión tiene interés personal en un asunto que la Comisión va a revisar, esa persona no debe votar ni firmar el dictamen. Además, tiene que avisar por escrito al Presidente de la Cámara para que pongan a otra persona en su lugar solo para ese caso.
- Art. 83Los Presidentes de las Comisiones son los encargados de cuidar los documentos que les toca revisar. Por eso, tienen que firmar un recibo en un libro especial para confirmar que los recibieron. Su responsabilidad termina hasta que devuelvan esos documentos.
- Art. 84El presidente y los secretarios de cada cámara del Congreso no pueden formar parte de ningún grupo de trabajo o comisión mientras dure su cargo. Esto aplica para la Cámara de Diputados y la de Senadores. La regla busca que se concentren solo en sus tareas principales de dirigir las sesiones, sin distraerse con otros encargos.
- Art. 85Cuando el Congreso está de vacaciones (lo que se llama "receso"), las comisiones de la Cámara de Diputados y del Senado siguen trabajando para atender los temas que les tocan. El presidente de cada comisión es el encargado de organizar a los integrantes y de llamarlos a juntarse cuando sea necesario para resolver los asuntos pendientes. Si algún miembro de la comisión necesita salir de la Ciudad de México, debe avisar a su Cámara antes de que terminen las sesiones. Además, durante esos recesos, la Comisión Permanente puede hacer ciertas tareas que normalmente corresponden a la presidencia de cada Cámara, como las que mencionan las fracciones III y XVI del Artículo 21 de este reglamento.
- Art. 86Los miembros de las comisiones no reciben pago extra por participar en ellas, aparte de su sueldo normal. Eso significa que no les pagan adicional solo por ser parte de una comisión. Este artículo ya no está vigente, porque fue eliminado de la ley en 1937.
- Art. 87Cada comisión del Congreso tiene que entregar su dictamen sobre los asuntos que le tocan, a más tardar cinco días después de que los recibió. El dictamen debe explicar por qué se llega a esa conclusión, y al final debe tener propuestas bien claras y simples para que los diputados o senadores puedan votarlas fácilmente.
- Art. 88Para que una comisión del Congreso pueda emitir un dictamen (es decir, su opinión oficial sobre un asunto), la mayoría de sus integrantes debe firmarlo. Si algunos miembros no están de acuerdo con lo que dice la mayoría, tienen derecho a escribir su propia opinión por separado, llamada "voto particular". Este voto se entrega por escrito y explica su postura diferente. En resumen, el dictamen vale solo si lo respalda más de la mitad del grupo, pero los que piensen distinto pueden dejar constancia de su desacuerdo.
- Art. 89Las jefaturas de las Comisiones pueden pedir copias de documentos o información a cualquier archivo u oficina del gobierno, siempre que sea para hacer su trabajo. Tienen que darles esos documentos rápido, a menos que el asunto sea secreto. Si se tardan o se niegan sin razón, las Comisiones pueden quejarse directamente con el Presidente de la República.
- Art. 90Las comisiones (grupos de diputados o senadores que estudian temas específicos) pueden juntarse con ciertos funcionarios del gobierno para aclarar dudas sobre los asuntos que están revisando. Esos funcionarios tienen la obligación de tratar a los miembros de las comisiones con respeto y ayudarles a hacer su trabajo. Si algún funcionario les pone trabas o les impide reunirse, las comisiones pueden actuar de la misma manera que se explica en el artículo anterior para resolver el problema. Además, las comisiones de la Cámara de Diputados y del Senado pueden juntarse entre ellas para hacer más rápido el trámite de una ley o de otro tema importante.
- Art. 91Si una Comisión (que es un grupo de diputados que revisa un tema) cree que necesita más tiempo para analizar un asunto, debe avisarle a la Cámara en una junta privada antes de que se cumplan los 5 días que tiene para presentar su opinión. Si la Comisión no avisa y se queda con el expediente por más de 5 días, la Secretaría le informará al Presidente de la Cámara para que decida qué hacer.
- Art. 92Cualquier diputado o senador puede entrar a las pláticas de las comisiones (que son grupos pequeños de trabajo en el Congreso) aunque no sea parte de ellas, pero sin derecho a votar. La única excepción son las reuniones del Gran Jurado, que son secretas y nadie más puede estar. Ahí puede dar su opinión libremente sobre el tema que se esté viendo. Esto aplica solo para los miembros de la Cámara de Diputados o Senadores. En pocas palabras, pueden opinar, pero no decidir.
- Art. 93Las comisiones del Congreso, que son grupos de trabajo, solo se juntan cuando sus presidentes las convocan a una reunión. Para que esa reunión sea válida, debe estar presente más de la mitad de los miembros de la comisión. En otras palabras, si una comisión tiene 10 personas, se necesita que al menos 6 estén ahí para poder tomar decisiones. Esto asegura que no se junten unos cuantos a discutir asuntos importantes sin la mayoría.
- Art. 94Las Comisiones de diputados y senadores siguen trabajando durante los recesos (cuando el Congreso no está en sesiones). Siguen estudiando los asuntos pendientes y también revisan las nuevas propuestas de ley que les mande la Comisión Permanente. Cuando la mayoría de los miembros de una Comisión firman su opinión oficial (dictamen), ese documento se imprime junto con las opiniones distintas (votos particulares) y se entrega a todos los diputados o senadores para que lo conozcan. Cuando empieza el nuevo período de sesiones, todo dictamen entregado antes del 15 de agosto se considera que ya se leyó una vez en el Congreso. Si un dictamen no se alcanza a discutir en la legislatura que lo recibió, queda como proyecto para la siguiente legislatura.
- Art. 95Cuando toque discutir un tema, primero se lee en voz alta la propuesta o el documento que originó la discusión. Luego, se lee el análisis que hizo la comisión encargada de estudiarlo, y si algún miembro de esa comisión dio una opinión diferente por escrito, también se lee ese punto de vista.
- Art. 96El artículo 96 dice que, antes de que empiece un debate, el Presidente (o quien esté dirigiendo la junta) tiene que hacer dos listas: una con los nombres de los que quieran hablar en contra de la propuesta, y otra con los que quieran hablar a favor. Luego, debe leer en voz alta ambas listas completas para que todos sepan quiénes van a participar. Así se asegura que nadie se quede sin la oportunidad de dar su opinión y que todo sea ordenado.
- Art. 97Primero se platica el proyecto de ley completo, viendo si se aprueba o no en general. Después, si pasa esa primera votación, se revisa cada artículo por separado para afinarlo. Pero si la ley solo tiene un artículo, toda la discusión se hace en una sola tanda, sin dividirla en dos partes. Así se evita darle muchas vueltas a lo mismo.
- Art. 98Los diputados van a hablar por turnos, unos a favor y otros en contra de un tema. El presidente de la Cámara los va llamando según una lista, empezando por el que se anotó para hablar en contra. Así se aseguran de que ambos lados tengan la misma oportunidad de dar su punto de vista.
- Art. 99Si alguien pidió la palabra para hablar en una reunión o junta, pero no está en el salón cuando le toca su turno, se pasa hasta el final de la lista. O sea, pierde su lugar y habla hasta después de todos los que sí estaban presentes en el momento que les tocó.
- Art. 100Cuando en la Cámara de Diputados se está discutiendo un tema, los miembros de la comisión encargada y la persona que propuso el asunto pueden tomar la palabra las veces que quieran, sin límite. Pero los demás diputados solo pueden hablar dos veces sobre el mismo asunto, ni una más.
- Art. 101Los diputados que son los únicos representantes de un territorio (como un estado o región) pueden hablar y proponer leyes sobre temas que afecten directamente a ese lugar, igual que lo hacen los miembros de las comisiones o los autores de propuestas. Es decir, tienen el mismo derecho a opinar y presentar ideas en esos asuntos especiales para su zona.
- Art. 102Si eres diputado y no estás en la lista de oradores, igual puedes pedir la palabra para aclarar un dato o responder a algo que te hayan dicho directamente. Solo puedes hablar después de que termine el orador, y tienes máximo 5 minutos para hacerlo. Esto sirve para que puedas defenderte o corregir información sin necesidad de estar apuntado desde antes.
- Art. 103Los diputados y senadores no pueden hablar por más de media hora seguida en el Congreso, a menos que la Cámara les dé permiso para alargarse. Esto aplica para cualquier tema que estén discutiendo. La idea es que nadie acapare la palabra y todos tengan oportunidad de participar.
- Art. 104Cuando un diputado está hablando en la Cámara, nadie lo puede interrumpir, a menos que sea para hacer una "moción de orden" (un llamado a que se respeten las reglas) o para dar una explicación breve sobre el tema que se está tratando. Pero incluso en ese caso, solo se le permite interrumpir si el presidente de la sesión y el diputado que está hablando le dan permiso. También está totalmente prohibido que los diputados se pongan a discutir entre ellos como si estuvieran platicando en la calle.
- Art. 105El Artículo 105 dice que solo el Presidente del Congreso puede llamar al orden a un diputado. Esto pasa en cuatro casos: si el diputado quiere leer un documento para apoyar su debate; si rompe alguna regla del Reglamento (y ahí debe decir qué artículo violó); si insulta a alguien o a una institución; o si se desvía del tema que están discutiendo. En resumen, el Presidente es el único que puede parar a un orador, pero solo por esas razones.
- Art. 106Si durante una sesión de la Cámara algún diputado dice que falta el número mínimo de personas para poder votar (a eso se le llama quórum) y es súper evidente que es cierto, el Presidente de la Cámara solo tiene que decirlo para terminar la sesión. Pero si no está claro si falta o no el quórum, entonces toca pasar lista para contar a los presentes. Si al contar confirman que no hay suficientes, ahí sí se levanta la sesión.
- Art. 107Este artículo dice que si un funcionario público la riega o comete un error en su trabajo, puedes criticarlo en un debate sin que te callen. Pero si le dices groserías o lo acusas de algo falso (injurias o calumnias), la persona ofendida puede reclamar en la misma reunión o al día siguiente. El que preside la junta le pedirá al que ofendió que se disculpe o retire lo dicho. Si no lo hace, el secretario anotará las palabras ofensivas en un acta especial para que se tome acción legal.
- Art. 108Cuando alguien de la Cámara lo pida al inicio de la discusión, la Comisión que preparó el dictamen tiene que explicar por qué llegó a esa conclusión y, si hace falta, leer partes del expediente. Después de eso, se sigue con el debate normal.
- Art. 109El artículo 109 dice que nadie puede interrumpir una discusión a menos que pase una de estas cinco cosas: que ya sea la hora de terminar según el reglamento (a menos que acuerden alargarla), que la Cámara decida atender un asunto más urgente o grave, que haya desórdenes muy serios, que falten diputados para votar (si hay duda, se pasa lista; si es obvio, el presidente lo dice) o que uno o varios diputados propongan suspender y la Cámara lo apruebe.
- Art. 110Cuando se haga una propuesta para suspender algún asunto en la Cámara de Diputados o Senadores, primero se lee la propuesta en voz alta. Luego, solo se escucha a la persona que la propone si quiere explicarla, y a alguien que esté en contra, si lo hay. Después se pregunta a todos los presentes si quieren discutirla de inmediato. Si la mayoría dice que sí, se discute y se vota en ese momento, pudiendo hablar tres personas a favor y tres en contra; si la mayoría dice que no, la propuesta se da por rechazada y ya no se vuelve a considerar.
- Art. 111Cuando están discutiendo un asunto en una reunión o juzgado, solo se puede presentar una propuesta para detener la discusión. No se vale que alguien intente parar el asunto más de una vez. Es como si en una junta das una moción para suspender el tema; después de esa, ya no puedes hacerlo otra vez.
- Art. 112El artículo 112 dice que, en una asamblea o reunión, si no hay suficientes personas para poder tomar decisiones (lo que se llama "falta de quórum"), se puede resolver de dos maneras: cuando es evidente que no alcanza la gente, el Presidente solo dice que no hay quórum. Pero si hay duda de si asisten los suficientes, se pasa lista para contarlos, y eso lo hace la Secretaría porque el Presidente lo pide o porque algún miembro de la asamblea lo solicita. En pocas palabras, sirve para saber si se puede seguir votando o debatiendo legalmente.
- Art. 113Si un diputado quiere leer un documento durante un debate para aclarar un punto, debe pedir la palabra solo para proponer esa lectura. Si la Cámara acepta la propuesta, uno de los secretarios leerá el documento en voz alta. Después de la lectura, el diputado que pidió la palabra puede seguir hablando.
- Art. 114Imagínate que en el Congreso están discutiendo una nueva ley. Antes de votar si la aceptan o no, hasta seis personas pueden hablar a favor y otras seis en contra, sin contar a los que forman parte de la comisión que estudió el proyecto ni a algunos funcionarios especiales. Pero si solo están tratando un tema interno de la Cámara (como su propio presupuesto), ahí solo pueden hablar tres a favor y tres en contra, a menos que los diputados decidan dar más tiempo para discutirlo.
- Art. 115El presidente de la junta o reunión, después de que todos los que quieran dar su opinión hayan hablado, va a preguntar si el tema ya está lo suficientemente hablado o no. Si la mayoría dice que sí, entonces se pasa directo a votar. Si dicen que no, se sigue discutiendo, pero con que una persona hable a favor y otra en contra, ya se puede volver a preguntar si es momento de votar.
- Art. 116Antes de decidir si ya se habló lo suficiente sobre un tema en una reunión, el Presidente debe leer en voz alta los nombres de quienes ya hablaron y de los que pidieron la palabra para hablar. Así todos saben quién falta por opinar.
- Art. 117Cuando un proyecto de ley ya se debatió lo suficiente en una sesión, primero se vota si se aprueba en general. Si la mayoría dice que sí, entonces empiezan a discutir y votar cada artículo por separado. Si no se aprueba en general, se hace una votación rápida para decidir si el proyecto se regresa a la comisión (el grupo de diputados que lo revisó) para que lo corrija. Si la mayoría vota que sí se regrese, el proyecto se va a reformar; pero si votan que no, el proyecto se da por cancelado y ya no se sigue discutiendo.
- Art. 118Cuando terminen de discutir un artículo de la ley, se pregunta si se puede votar o no. Si se dice que sí, entonces se vota. Si se dice que no, el artículo regresa a la comisión encargada para revisarlo de nuevo.
- Art. 119Si un proyecto de ley se rechaza por completo o solo en algunas partes, y algún diputado o senador ya había dejado por escrito su opinión diferente (voto particular), entonces esa opinión se va a discutir en el pleno. Pero solo si ese voto particular se entregó al menos un día antes de que empezara la discusión del proyecto principal. O sea, no vale presentarlo a última hora durante el debate.
- Art. 120Cuando un artículo de ley tiene varias ideas o puntos distintos (que se llaman "proposiciones"), cada una se discute por separado. Antes de empezar, la persona o grupo que lo propuso debe señalar claramente cada una de esas partes. Así, se evita confusión y se puede analizar punto por punto.
- Art. 121Cuando un dictamen está listo para discutirse, primero ven si alguien quiere hablar en contra. Si nadie levanta la mano para oponerse, un miembro de la comisión que lo preparó explica por qué llegaron a esa conclusión. Después de esa explicación, pasan directo a votar. No hay más debate si nadie tiene objeción.
- Art. 122Cuando alguien pide la palabra solo para apoyar una propuesta, pueden hablar hasta dos diputados. Esto significa que no más de dos personas pueden dar su opinión a favor en ese momento.
- Art. 123Si tú o alguien más piden la palabra para hablar en contra de algo en una reunión, pueden hablar todos los que quieran. Pero una vez que hayan hablado tres personas, se va a preguntar si ya se habló lo suficiente sobre el tema y si se puede pasar a votar.
- Art. 124En la última votación de una propuesta de ley, todavía puedes proponer cambios por escrito a los artículos que ya fueron aprobados. Esto significa que, aunque ya se haya decidido algo, tienes oportunidad de ajustar detalles antes de que sea definitivo. Los cambios deben entregarse por escrito durante esa misma sesión. Es como si, al final de un acuerdo, pudieras hacerle pequeñas correcciones para que quede mejor.
- Art. 125Cuando alguien propone agregar algo a la ley, primero se lee esa propuesta y se escuchan las razones de quien la hizo. Después, se pregunta de inmediato si se acepta o no discutirla. Si se acepta, se envía a un grupo de expertos (comisión) para que la analicen. Si no se acepta, la propuesta se rechaza y ya no se vuelve a considerar.
- Art. 126Cuando los secretarios del gobierno o funcionarios importantes (como los que menciona el artículo 53) son invitados por la Cámara de Diputados o enviados por el Presidente para participar en un debate, tienen derecho a pedir los documentos del caso para informarse. Esto no significa que la discusión se cancele o se posponga: se lleva a cabo el día que ya estaba planeado. En otras palabras, pueden revisar el expediente para entender el tema, pero la fecha del debate no cambia por eso.
- Art. 127El artículo 127 dice que, cuando se vaya a discutir un tema en el Congreso que le importe a alguna Secretaría (como Educación o Salud), esa Secretaría debe recibir un aviso con tiempo. En ese aviso le tienen que decir cuáles son los asuntos que se van a tratar y en qué días se van a discutir. Así, la Secretaría puede prepararse o dar su opinión si es necesario. Es como cuando te avisan con anticipación de una junta importante donde van a hablar de algo que te toca.
- Art. 128Antes de que empiece el debate, los funcionarios que menciona el artículo 53 (como secretarios de Estado o jefes de departamento) pueden hablar ante la Cámara para dar su punto de vista y explicar las razones que apoyen lo que quieran defender, sin límite de tiempo ni de temas. En otras palabras, tienen chance de decir todo lo que crean necesario antes de que los diputados discutan el asunto.
- Art. 129Si un secretario o funcionario del gobierno (de los que menciona el artículo 53 del Reglamento) va a la Cámara de Diputados o Senadores, primero hablará el diputado o senador que propuso su invitación. Después, el funcionario dará su informe o responderá lo que le pregunten. Al final, podrán hablar otros legisladores que pidan la palabra, siguiendo el mismo orden que ya marca la ley.
- Art. 130Este artículo dice que cuando un funcionario importante (como un secretario de Estado) va al Congreso a hablar sobre una ley o un tema que se está discutiendo, él tiene derecho a hablar primero. Después de que él termine, los diputados y senadores que se hayan anotado para hablar pueden hacerlo en orden. Si los legisladores le hacen preguntas al funcionario durante el debate, él puede responder entre las intervenciones. También, si algún diputado o senador que tiene la palabra se la quiere ceder al funcionario, puede hacerlo.
- Art. 131Los secretarios del gobierno y otros funcionarios de alto nivel no pueden hacer propuestas ni sugerencias durante las sesiones del Congreso. Si el Ejecutivo (el presidente) quiere presentar alguna idea o proyecto de ley, tiene que hacerlo por escrito, en un documento oficial llamado oficio, y mandarlo directamente a la Cámara de Diputados o Senadores. Esto evita que los funcionarios hablen o intervengan directamente en las discusiones. En pocas palabras, todo lo que proponga el gobierno debe llegar por escrito, no de palabra.
- Art. 132Si un proyecto de ley tiene más de 30 artículos, los diputados o senadores pueden analizarlo y aprobarlo por partes, como por secciones o capítulos, en lugar de leerlo todo junto. Esto solo pasa si alguien lo propone y la Cámara donde estén votando está de acuerdo. Pero aunque se discuta por partes, al final cada artículo o fracción se vota por separado si algún miembro lo pide y la Cámara lo acepta.
- Art. 133Cuando se debate una ley parte por parte, los diputados pueden señalar los artículos o puntos específicos con los que no están de acuerdo y dejarlos aparte para discutirlos por separado. Todo lo demás del proyecto que nadie cuestione se puede juntar y votar de una sola vez, sin necesidad de discutir cada cosa. Así se ahorra tiempo y solo se enfocan en lo que genera duda o conflicto.
- Art. 134Este artículo dice que los diputados pueden votar al mismo tiempo un proyecto de ley completo y todos sus artículos, pero solo si nadie presentó objeciones o cambios contra esos artículos. Es como cuando en una junta alguien propone un plan y todos están de acuerdo, entonces se aprueba todo de golpe, sin necesidad de votar parte por parte. Si algún artículo del proyecto fue impugnado (es decir, alguien pidió modificarlo o eliminarlo), entonces ese artículo se tiene que votar por separado. Esto sirve para agilizar las votaciones cuando no hay desacuerdos.
- Art. 135El Congreso revisa los proyectos de ley siguiendo las reglas del artículo 72 de la Constitución. Ese artículo dice cómo se aprueban, modifican o rechazan las leyes entre la Cámara de Diputados y la de Senadores. Básicamente, es un procedimiento que ambas Cámaras deben respetar para ponerse de acuerdo. No hay nada más: solo se refiere a que deben seguir ese proceso ya establecido.
- Art. 136Cuando el Senado o el Presidente le hagan cambios o sugerencias a una ley que está en proceso, esa ley regresa a la Cámara de Diputados (donde se originó). Allí, el proyecto va directo a la comisión que ya lo había revisado antes, para que ellos analicen esos cambios. Esa comisión tiene que hacer un nuevo dictamen (un nuevo documento con su opinión) y seguir todos los pasos que marca el Reglamento, como si fuera la primera vez. En pocas palabras: los cambios se estudian otra vez desde cero, con el mismo procedimiento.
- Art. 137En este artículo se dice que si el Ejecutivo (el presidente) devuelve al Congreso una ley con correcciones (como cuando dice "no estoy de acuerdo con esta parte"), los diputados y senadores solo van a discutir y votar una por una esas partes específicas que el presidente señaló. El resto de la ley que no tuvo cambios se da por aceptada sin necesidad de debatirla otra vez. Esto ahorra tiempo y evita volver a empezar desde cero todo el proceso.
- Art. 138Cuando una ley ya fue aprobada por el Congreso, antes de mandarla al presidente para que la publique y entre en vigor, tienen que anotarla en un libro especial del Congreso donde se guardan todas las leyes. Es como si hicieran un acta oficial de que esa ley ya fue aprobada.
- Art. 139Una vez que la Cámara de Diputados (o el Senado) ya aprobó todos los artículos de una ley, junto con cualquier cambio o añadido, el expediente se envía a una comisión especial llamada "Comisión de Corrección de Estilo". Esta comisión se encarga de redactar la versión final y limpia de la ley, revisando que esté bien escrita. Su trabajo es entregar ese documento lo más rápido posible, para que después pase al presidente para su publicación oficial.
- Art. 140Básicamente, cuando el Congreso ya aprobó una ley en ambas Cámaras, el documento final debe copiar exactamente lo que se votó, sin cambios ni inventos. Lo único que se permite es arreglar errores de redacción o de ortografía para que la ley se lea más clara y correctamente, pero sin modificar lo que se decidió. Es decir, no pueden meter nuevas ideas o cambiar el contenido, solo limpiar el texto.
- Art. 141Cuando un proyecto de ley pasa de la Cámara de Diputados a la de Senadores (o al revés) para que lo revisen, debe ir firmado por el Presidente y dos Secretarios de la Cámara que lo envió. También hay que adjuntar todos los papeles del caso, el resumen de lo que se discutió y cualquier otro documento que usaron para tomar la decisión. Si esos documentos ya están impresos, solo necesitan tener las páginas numeradas y el sello de la Secretaría.
- Art. 142Cuando hay un asunto muy importante o que no puede esperar, se puede saltar el paso de hacer el resumen del documento. En lugar de eso, el Presidente nombra a un grupo de personas (una Comisión) para que vayan a la otra Cámara del Congreso. Al entregar los papeles originales, esta Comisión debe explicar de qué trató la discusión y por qué el caso es tan grave o urgente.
- Art. 143Si una ley se aprueba de manera rápida, sin pasar por todos los pasos normales ni el análisis de una comisión, entonces la Cámara de Diputados debe formar un grupo especial para informarle al Senado. Ese grupo será encabezado por el diputado que propuso originalmente la ley, siempre y cuando sea parte de la Cámara. Esto aplica solo cuando se saltan los trámites usuales.
- Art. 144Cuando una ley ya fue aprobada en el Congreso (ya sea por las dos Cámaras o solo por una, si esa Cámara tiene la facultad exclusiva de hacerla), se manda una copia del expediente al Presidente de la República, junto con los documentos que menciona el artículo 141. Esto es parte del proceso para que el Ejecutivo pueda firmar y publicar la ley.
- Art. 145El artículo dice que si la Cámara de Diputados o Senadores trató un tema a puerta cerrada, la otra Cámara no puede hablar de eso en público, debe mantenerlo igual de reservado. Pero si el tema se discutió abiertamente en la primera Cámara, la segunda sí puede decidir tratarlo en secreto si así lo considera. En pocas palabras, lo que se habló en privado no se puede ventilar, pero lo público sí puede volverse privado después. Las votaciones también siguen esta misma regla de confidencialidad cuando toca decidir sobre estos asuntos.
- Art. 146Cuando los diputados o senadores tienen que tomar una decisión importante, usan tres formas de votar: una donde cada quien dice su nombre y su voto en voz alta (nominal), otra donde solo levantan la mano a favor o en contra (económica), y otra donde llenan un papelito (cédula). Lo que está prohibido es que todo el grupo grite al mismo tiempo para aprobar algo sin contar los votos uno por uno, a eso se le llama "votación por aclamación". Así se aseguran de que cada decisión quede registrada de manera clara.
- Art. 147Este artículo explica cómo se hace una votación en la que se menciona el nombre de cada persona. Primero, cada diputado, empezando por la derecha del Presidente, se pone de pie, dice su apellido (y su nombre si hay otro igual) y dice "sí" o "no". Luego, dos secretarios anotan quiénes aprueban y quiénes no, y después preguntan dos veces si falta alguien por votar. Al final, los secretarios cuentan los votos, leen las listas de los que dijeron "sí" y "no", y anuncian el resultado.
- Art. 148Cuando se vote en la Cámara de Diputados, a veces es necesario que cada persona diga en voz alta su voto, no solo levantar la mano. Esto pasa en tres situaciones: primero, cuando se decide si se aprueba una ley completa; segundo, cuando se vota artículo por artículo o parte por parte de esa ley; y tercero, si un diputado lo pide y al menos otros cinco lo apoyan. También se hace así en el caso del artículo 152, que habla de otro tipo de votación especial.
- Art. 149En las votaciones de la Cámara que no sean para elegir a alguien o para decisiones muy importantes, se usará un método más sencillo llamado "votación económica". Esto significa que los diputados o senadores levantan la mano o dicen "sí" o "no", sin contar uno por uno. Así se ahorra tiempo, a menos que alguien pida que se cuenten los votos de forma detallada. Es la forma rápida y común de decidir asuntos del día a día en el Congreso.
- Art. 150La votación económica es bien sencilla: los que estén a favor de algo se paran, y los que estén en contra se quedan sentados. Así se cuenta rápido quiénes apoyan una propuesta y quiénes no, sin necesidad de papeletas ni complicaciones. Es como cuando en la junta levantas la mano, pero aquí usas ponerte de pie.
- Art. 151Cuando los diputados votan a mano alzada (votación económica), si alguien pide que se cuenten los votos uno por uno, se hace el recuento. Para eso, todos se quedan en su lugar, ya sea sentados o parados, según hayan votado. El presidente elige a cuatro personas: dos que hayan votado a favor y dos en contra. Estas personas cuentan los votos separados (unos a los que dijeron sí y otros a los que dijeron no) y le reportan al presidente, con los secretarios presentes. Si todos están de acuerdo con el resultado, se anuncia públicamente.
- Art. 152Si la votación entre los que están a favor y los que están en contra tiene una diferencia de tres votos o menos, se tendrá que hacer una votación donde cada persona diga su nombre y su voto en voz alta, en lugar de levantar la mano o votar en secreto. Esto sirve para que todos sepan exactamente quién votó a favor y quién en contra.
- Art. 153Las votaciones para escoger a alguien para un puesto se hacen con papeletas. Esas papeletas se las entregas al Presidente de la Cámara, quien las mete en una caja especial que está sobre la mesa sin leerlas, para que nadie se entere por quién votaste. Así se garantiza que tu elección sea secreta.
- Art. 154Cuando ya se terminó de votar, los secretarios (los ayudantes de la mesa) empiezan a sacar las papeletas de votación una por una y las leen en voz alta para que todos escuchen. Otro secretario va anotando los nombres de las personas que aparecen en cada papeleta y cuántos votos recibió cada una. Después de leer la papeleta, se la pasan al presidente y a los demás secretarios para que la chequen y puedan aclarar si hay algún error. Al final, suman todos los votos y dicen públicamente quién ganó.
- Art. 155Este artículo dice que si el Presidente de México falta de manera definitiva (por muerte, renuncia, etc.) o solo por un tiempo (por enfermedad o permiso), el proceso para elegir a quien lo reemplace se tiene que hacer siguiendo lo que dicen los artículos 84 y 85 de la Constitución, que son las reglas principales para estos casos. No se inventa un nuevo procedimiento aparte, sino que se usa lo que ya está escrito en la ley más importante del país.
- Art. 156Cuando se estén contando los votos para elegir al Presidente de México, todo el proceso de conteo y la declaración del ganador deben seguir al pie de la letra lo que dice la Ley Electoral. Esa ley establece las reglas exactas para saber quién ganó, y no se puede hacer nada fuera de lo que ahí se indica.
- Art. 157Cuando ya se cuentan todos los votos de una elección, la Secretaría le informa a la Cámara de Diputados quién ganó. La Secretaría solo anuncia el resultado, no puede cambiarlo. El aviso se hace después del conteo oficial. La Cámara recibe esta información para seguir con el proceso.
- Art. 158Para tomar cualquier decisión, lo normal es que se necesite la mayoría absoluta, o sea, más de la mitad de los votos. Pero hay ocasiones especiales donde la Constitución o este reglamento piden una cantidad mayor: dos de cada tres votos, lo que se llama mayoría calificada. Eso significa que en esos casos, con solo la mitad más uno no es suficiente.
- Art. 159Para decidir si un asunto es urgente o muy fácil de resolver, los diputados necesitan el voto de dos de cada tres personas que estén presentes en la sesión. Esto se hace siguiendo las reglas de los artículos 59 y 60 del mismo reglamento. En otras palabras, no basta con que la mayoría simple vote, sino que se requiere un número más alto de votos. Así se evita que se declare urgente cualquier tema sin un buen respaldo.
- Art. 160Si en una votación (que no sea para elegir a una persona) queda empate, se vota otra vez en la misma junta o reunión. Si vuelve a haber empate, se discute el tema de nuevo y se vota en la siguiente sesión. Esto aplica para decisiones que no sean sobre quién ocupa un puesto.
- Art. 161Cuando toque votar, los secretarios avisan en el salón principal y también mandan que se anuncie en la Sala de Desahogo (que es otro espacio donde la gente espera o sigue la sesión). Al ratito, ya empieza la votación.
- Art. 162Mientras dure la votación, ningún diputado o diputada puede salir del salón ni dejar de votar. Esto quiere decir que todos los presentes tienen la obligación de quedarse en su lugar y emitir su voto. Si alguien se sale o se niega a votar, estaría violando esta regla.
- Art. 163En las votaciones del Congreso, cuando se discute un dictamen (un documento que propone una ley o decisión), no se puede dividir en pedazos más chiquitos de los que ya estaban acordados desde antes. O sea, si ya se definieron las partes del dictamen que se van a votar, nadie puede pedir que se vote por separado cada punto más pequeño. Esto sigue lo que dice el artículo 120, que explica cómo se deben hacer esas divisiones. Así se evitan confusiones y se respeta el plan de votación ya establecido.
- Art. 164Cuando los secretarios del gobierno están en una sesión del Congreso y se va a votar una ley, tienen que salirse del salón mientras dure la votación. Esto se hace para que no influyan en los diputados o senadores al momento de decidir su voto. Solo regresan una vez que ya se contaron los votos y se sabe el resultado.
- Art. 165Las leyes deben escribirse bien claras y sin lugar a dudas, tal como fueron aprobadas por el Congreso. Cuando se publican, las tienen que firmar los presidentes de la Cámara de Diputados y del Senado, además de un secretario de cada cámara, si fue votada por ambas. El presidente de la cámara donde empezó la ley firma primero, y los secretarios siguen la misma regla.
- Art. 166Si una ley solo la puede hacer una de las dos Cámaras del Congreso (Diputados o Senadores), entonces esa ley la firman el Presidente de esa Cámara y dos Secretarios. Esto pasa cuando es algo que solo le toca decidir a esa Cámara, sin necesidad de que la otra opine.
- Art. 167Dos secretarios de la Cámara de Diputados o Senadores deben firmar y autorizar cualquier acuerdo que tenga que ver con dinero o gastos. Esto asegura que lo acordado sea válido y esté bien registrado. En pocas palabras, se necesitan dos firmas de los secretarios para que el acuerdo económico sea legal.
- Art. 168Cuando el Congreso aprueba una nueva ley, debe publicarla usando un texto fijo que dice: “El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta:” y luego viene el contenido de la ley. Si la ley es para nombrar a un Presidente Interino, entonces el texto cambia y dice: “El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le da el artículo 84 y el 85 (según el caso), de la Constitución, declara:”. Es como una fórmula oficial que siempre se usa para que todos sepan que esa ley viene del Congreso.
- Art. 169Este artículo dice cómo deben publicarse las leyes que solo una Cámara (Diputados o Senadores) puede hacer por su cuenta. Esas leyes deben empezar con una frase especial que dice qué Cámara la emite y en qué parte de la Constitución se basa para hacerlo. Por ejemplo, si la Cámara de Diputados aprueba una ley sobre algo que solo le toca a ella, el texto debe comenzar así: “La Cámara de Diputados del Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le concede el artículo tal de la Constitución Federal, decreta:”. Al final, se escribe el contenido de la ley después de la palabra “decreta”. Esto es solo para leyes que no necesita aprobar todo el Congreso (las dos Cámaras juntas).
- Art. 170El artículo 170 dice que, cuando la ley hable sobre la elección del Presidente de la República (que se menciona en una parte de la Constitución), la que debe declarar los resultados es la Comisión Permanente. La Comisión Permanente es un grupo de diputados y senadores que trabajan cuando el Congreso no está en sesiones. En pocas palabras, ellos son los encargados de oficializar quién ganó la presidencia.
- Art. 171El día en que terminen las sesiones normales del Congreso, justo después de cerrarlas, los diputados y senadores que fueron elegidos para ser parte de la Comisión Permanente se juntarán en el salón de la Cámara de Diputados. Ahí, quien tenga el primer lugar según el orden alfabético de apellidos (y si hay apellidos iguales, también por nombres) será el presidente temporal, y él elegirá a dos secretarios que lo ayuden. Entre todos, votarán para escoger a un Presidente, un Vicepresidente y cuatro Secretarios. De esos cuatro secretarios, dos deben ser diputados y dos senadores.
- Art. 172La Mesa de la Comisión Permanente solo trabaja cuando el Congreso está en receso (es decir, cuando los diputados y senadores no están sesionando). El Presidente y Vicepresidente de esa Mesa se eligen de forma alternada: en un receso, ambos son diputados; en el siguiente receso, ambos son senadores.
- Art. 173Una vez que ya eligieron a los miembros de la Mesa Directiva, los que ganaron empiezan a trabajar inmediatamente en sus cargos. El Presidente de la Mesa anuncia que la Comisión Permanente ya quedó formalmente instalada. Después, avisa de esto a las personas o instituciones que deban saberlo.
- Art. 174La Comisión Permanente (un grupo de diputados y senadores que trabaja cuando el Congreso está en receso) se reúne una vez a la semana, los días y a las horas que decida su Presidente. Si hace falta juntarse más seguido, también se puede hacer, pero solo si el Presidente da su visto bueno.
- Art. 175La Comisión Permanente (un grupo de diputados y senadores que trabaja cuando el Congreso no está en sesiones) elige varios equipos de trabajo, llamados comisiones, el mismo día en que se instala. Para hacerlo, la Mesa (los líderes de esa Comisión) propone a los integrantes y se eligen por mayoría de votos. Estas comisiones se encargan de temas como agricultura, educación, seguridad, dinero del gobierno y relaciones con otros países. Así se organizan para sacar adelante los asuntos que les tocan.
- Art. 176La Comisión Permanente es un grupo de diputados y senadores que trabaja cuando el Congreso está en receso. Este artículo dice que sus facultades (o sea, lo que puede hacer) están en varios artículos de la Constitución que se mencionan aquí, como el 29, 84, 87 y otros. Básicamente no dice nada nuevo por sí mismo, solo te remite a esas otras partes de la ley para que sepas qué puede hacer la Comisión Permanente.
- Art. 177Los trabajadores que laboran para el Congreso de la Unión (como empleados de oficina u obreros) no pueden ser despedidos durante los tiempos en que el Congreso está en receso, es decir, cuando no está sesionando. Además, durante ese periodo deben recibir su sueldo completo, tal como está estipulado en el Presupuesto de Egresos. Esto aplica para cualquier empleado, sin importar el tipo de trabajo que haga dentro del Congreso.
- Art. 178Cuando el Congreso está de vacaciones o en descanso, los equipos encargados de la administración de cada Cámara (Diputados y Senadores) le tienen que entregar a la Comisión Permanente sus planes de gasto, que incluyen sueldos, pagos por asistencia y otros gastos de oficina. También, la Comisión que supervisa la Contaduría Mayor de Hacienda (la que revisa el dinero público) debe presentar su propio presupuesto. Todo esto se hace para que la Comisión Permanente lo revise y dé el visto bueno.
- Art. 179Este artículo dice que, cuando el Congreso esté de vacaciones (en receso), la Comisión Permanente se encarga de recibir los asuntos que antes se turnaban al Congreso o a una de sus Cámaras. Esos asuntos se mandan a las comisiones de la Cámara que corresponda para que los revisen. Si se trata de propuestas de nuevas leyes (iniciativas de ley), se imprimen y se publican en el Diario de los Debates para que todos los Diputados o Senadores se enteren. Luego se turnan a las comisiones de la Cámara que corresponda, para que elaboren un dictamen (un análisis con una propuesta). Ese dictamen se distribuye siguiendo las reglas del artículo 94, que explica cómo se discuten y votan los temas.
- Art. 180La Comisión Permanente tiene que tener listos, el último día de trabajo de su periodo, dos listados detallados de todos los documentos, cartas y papeles que recibió: uno para dárselo a la Cámara de Diputados y otro a la de Senadores. Cada inventario incluye solo los oficios y documentos que le corresponden a cada Cámara. En pocas palabras, es como hacer una cuenta exacta de todo lo que llegó para entregarlo a quien le toca antes de terminar su labor.
- Art. 181Al terminar el período de sesiones de la Cámara de Diputados y Senadores, la Comisión Permanente (que es el grupo de legisladores que se queda trabajando mientras el Congreso está de vacaciones) recibe todos los papeles y asuntos pendientes de ambas cámaras. Esos documentos deben incluirse en los inventarios que se hacen durante el último receso (el descanso largo) de cada Legislatura. Esto sirve para que la Comisión Permanente pueda cumplir con lo que dice el artículo 79 de la Constitución, que le da ciertas atribuciones. En pocas palabras, se trata de llevar un control claro de todos los expedientes que quedan pendientes para que no se pierdan.
- Art. 182Cuando el Congreso o cualquiera de sus Cámaras (diputados o senadores) se juntan en una reunión fuera de su horario normal, la Comisión Permanente (el grupo que se queda trabajando cuando el Congreso no está en sesiones) no deja de hacer sus labores por completo. Solo deja de hacer lo relacionado con el tema específico para el que se convocó esa junta especial. En otras palabras, la Comisión Permanente sigue trabajando en todo lo demás, menos en el asunto que se va a tratar en la sesión extraordinaria.
- Art. 183La Comisión Permanente (un grupo de diputados y senadores que trabaja cuando el Congreso no está en sesión) puede actuar como Colegio Electoral, que es básicamente el equipo que revisa si unas elecciones fueron legales. Cuando ese equipo revisa los votos para elegir a jueces o magistrados, debe anunciar quién ganó, siguiendo las reglas de la ley y usando un formato muy parecido al que usa la Cámara de Diputados para hacer lo mismo. En otras palabras, el trámite para declarar el resultado de las elecciones de autoridades judiciales es casi el mismo que el que ya está establecido para la Cámara de Diputados.
- Art. 184Ese artículo dice que cada cámara del Congreso (diputados y senadores) va a tener un documento oficial llamado "Diario de los Debates". Ahí se va a publicar todo lo que pase en las sesiones: la fecha, el lugar, quién preside, el acta de la sesión anterior, la transcripción palabra por palabra de las discusiones en orden y los documentos que se lean. Pero si una sesión es secreta, no se publica nada de lo que se hable ni los documentos que se usen.
- Art. 185Cuando el Presidente de México va al Congreso para rendir protesta (jurar su cargo como lo marca la Constitución), un grupo de 6 diputados y 6 senadores, incluyendo un secretario de cada Cámara, lo espera en la puerta del salón para recibirlo. Este grupo lo acompaña hasta su lugar y, al terminar, lo despiden hasta la misma puerta. También se nombran otras comisiones para acompañarlo desde su casa hasta el Congreso y de regreso.
- Art. 186Cuando el Presidente de la República entre o salga del salón del Congreso, todas las personas que estén en las galerías (el público que va a ver) y los diputados o senadores deben pararse. Solo hay una excepción: el Presidente del Congreso solo se para cuando el Presidente de la República entra, y en ese momento debe esperar a que llegue a la mitad del salón para ponerse de pie.
- Art. 187El Presidente de México, antes de que el Congreso lo reconozca oficialmente como mandatario, tiene que hacer una promesa formal llamada protesta. La hace parado frente al Presidente del Congreso. En cuanto termina, se va del lugar siguiendo los mismos pasos y reglas que ya están indicados en artículos anteriores de la ley. Es como un ritual de toma de protesta donde todo está bien planeado y nada se hace al aventón.
- Art. 188Cuando el Presidente de la República vaya a la primera junta del Congreso (que es donde se reúnen los diputados y senadores), se va a sentar a la izquierda del jefe de esa reunión. No es un lugar cualquiera: es una regla fija de protocolo para indicar respeto al orden del evento. Eso significa que el Presidente no se sienta en el centro ni en otro lado, sino justo al lado izquierdo del Presidente del Congreso.
- Art. 189Cuando el Presidente de la República da un discurso ante el Congreso, el Presidente del Congreso (el diputado o senador que dirige la sesión) le responde, pero solo de manera general, sin entrar en detalles específicos. Es como cuando alguien da un mensaje importante y el moderador solo agradece o comenta algo amplio, sin discutir punto por punto. Esto evita debates o confrontaciones directas en ese momento.
- Art. 190Los diputados y senadores se sientan donde quieran, sin que nadie tenga un lugar especial. Además, los sobrevivientes del Congreso que hizo la Constitución de 1917 tienen derecho a sentarse en los salones de sesiones cuando gusten, pero solo para observar, sin poder hablar ni votar.
- Art. 191Cuando un grupo de trabajo del Senado o la Cámara de Diputados visita a la otra Cámara, la que recibe la visita debe nombrar a seis personas para que acompañen al grupo visitante. Esa comitiva de seis personas va con los visitantes desde que entran hasta que salen del edificio, llegando hasta la puerta de afuera del salón donde se reúnan. Básicamente, es una regla de cortesía para recibir y despedir formalmente a los legisladores de la otra Cámara.
- Art. 192Los miembros de esa comisión se sientan en cualquier lugar entre los diputados. El presidente de la Cámara les responde de manera general después de que el jefe de la comisión explica por qué están ahí. Luego, la comisión se puede ir.
- Art. 193Cuando empiecen las sesiones en el Congreso y llegue un diputado o senador tarde para protestar (prometer cumplir su cargo), no lo van a escoltar con bombo y platillo. Solo dos de sus compañeros, uno de ellos el secretario de la mesa directiva, irán a recibirlo a la puerta de adentro del salón. Es solo un saludo formal, sin ceremonias ni adornos.
- Art. 194Ninguna de las Cámaras del Congreso (Diputados y Senadores) puede ir a ningún evento público que se haga fuera de su edificio, ni juntas ni por separado. Esto significa que los legisladores no asisten a ceremonias, inauguraciones o cualquier acto oficial en otro lugar. Todo su trabajo y reuniones deben hacerse dentro de su palacio legislativo.
- Art. 195La comisión del artículo 52 es el grupo de personas que eligen los senadores para acompañar el cuerpo de un difunto famoso. Este grupo debe juntarse en el lugar donde se haga el funeral, sentarse en el lugar que les toque y, cuando termine la ceremonia, cada quien se va (el grupo termina ahí). Básicamente, la ley dice que tienen que estar presentes durante todo el entierro y luego retirarse.
- Art. 196Cuando un político importante, un embajador o una figura muy conocida asiste a la Cámara de Diputados, ya sea porque fue invitado o porque él mismo pidió ir, se elige un grupo de diputados para que lo reciba en la entrada y lo guíe hasta su lugar. Ese lugar puede ser en los palcos de abajo, entre los asientos de los diputados o senadores, o incluso en la mesa donde se sienta el presidente de la Cámara.
- Art. 197El artículo 197 dice que los asientos que están más cerca de la tribuna (donde se pone el que habla) son para los Secretarios de Estado, que son como los ministros del gobierno, cuando vayan a una sesión. O sea, esos lugares están reservados para ellos, no para cualquier persona.
- Art. 198Este artículo dice que para manejar el dinero del Congreso, cada Cámara (Diputados y Senadores) va a tener su propio Tesorero. Ese Tesorero no lo elige cualquiera, sino que lo propone la Gran Comisión (un grupo de coordinadores de los partidos) y luego cada Cámara lo nombra. Su trabajo es encargarse de los fondos que le tocan a esa Cámara.
- Art. 199Cuando el Tesorero empiece a trabajar, primero tiene que entregar una fianza (un tipo de seguro o garantía) que cubra su buen manejo del dinero, igual que lo dicen las leyes para otros puestos similares. Además, un grupo llamado Comisión de Administración se encargará de revisar cómo maneja la Tesorería y de vigilar que todo esté en orden.
- Art. 200El personal que trabaja en la Tesorería lo elige el presupuesto de gastos del gobierno. Cada Cámara (Diputados y Senadores) nombra o despide a esas personas, pero solo si la Gran Comisión (un grupo de líderes del Congreso) lo propone primero.