Artículo 58 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Este artículo habla sobre cómo se manejan las propuestas en la Cámara de Diputados que no son presentadas como una ley por un grupo grande de diputados. Si uno o varios diputados (sin ser mayoría) quieren hacer una propuesta, deben entregarla por escrito y firmada al Presidente de la Cámara, y se leerá una sola vez en la sesión. El autor o uno de ellos podrá explicar los motivos de su propuesta. Luego, dos diputados pueden dar su opinión: uno a favor y otro en contra, dando preferencia al que hizo la propuesta. Al final, la Cámara vota si acepta discutir la propuesta; si la aceptan, la mandan a una comisión para su análisis, y si la rechazan, la propuesta se da por cancelada.
Texto oficial
Artículo 58.- Las proposiciones que no sean iniciativas de ley presentadas por uno o más individuos de la Cámara, sin formar los que las suscriben mayoría de diputación, se sujetarán a los trámites siguientes: I.- Se presentarán por escrito y firmadas por sus autores, al Presidente de la Cámara y serán leídas una sola vez en la sesión en que sean presentadas. Podrá su autor, o uno de ellos si fueren varios, exponer los fundamentos y razones de su proposición o proyecto; REGLAMENTO PARA EL GOBIERNO INTERIOR DEL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 24-12-2010 11 de 43 II.- Hablarán una sola vez dos miembros de la Cámara, uno en pro y otro en contra, prefiriéndose al autor del proyecto o proposición; III.- Inmediatamente se preguntará a la Cámara si admite o no a discusión la proposición. En el primer caso se pasará a la Comisión o Comisiones a quienes corresponda, y en el segundo se tendrá por desechada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.