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Artículo 57 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando una cámara del Congreso (Diputados o Senadores) termina de revisar una propuesta de ley y se la manda a la otra, esa propuesta se va directito a una comisión de estudio, sin vueltas. Es como si alguien te pasa una tarea y tú la envías al equipo encargado de revisarla sin atorarla en tu escritorio. Así se evita que se quede parada y se agiliza el proceso.

Texto oficial

Artículo 57.- Pasarán también inmediatamente a Comisión, las iniciativas o proyectos de ley que remita una de las Cámaras a la otra.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 10) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.