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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
192

Artículo 192 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miembros de esa comisión se sientan en cualquier lugar entre los diputados. El presidente de la Cámara les responde de manera general después de que el jefe de la comisión explica por qué están ahí. Luego, la comisión se puede ir.

Texto oficial

Artículo 192.- Los individuos de aquella comisión tomarán asiento indistintamente entre los miembros de la Cámara, y luego que su Presidente haya expuesto el objeto de su misión, le contestará el Presidente de la Cámara en términos generales y la comisión podrá retirarse.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 24) ↗

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