Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 147 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Este artículo explica cómo se hace una votación en la que se menciona el nombre de cada persona. Primero, cada diputado, empezando por la derecha del Presidente, se pone de pie, dice su apellido (y su nombre si hay otro igual) y dice "sí" o "no". Luego, dos secretarios anotan quiénes aprueban y quiénes no, y después preguntan dos veces si falta alguien por votar. Al final, los secretarios cuentan los votos, leen las listas de los que dijeron "sí" y "no", y anuncian el resultado.

Texto oficial

Artículo 147.- La votación nominal se hará del modo siguiente: I.- Cada miembro de la Cámara, comenzando por el lado derecho del Presidente se pondrá en pie y dirá en alta voz su apellido y también su nombre si fuere necesario para distinguirlo de otro, añadiendo la expresión sí o no; II.- Un Secretario apuntará los que aprueben y otro los que reprueben; III.- Concluido este acto, uno de los mismos Secretarios, preguntará dos veces en alta voz, si falta algún miembro de la Cámara por votar; y no faltando ninguno, votarán los Secretarios y el Presidente; IV.- Los Secretarios o Prosecretarios harán en seguida la computación de los votos, y leerán desde las tribunas uno los nombres de los que hubiesen aprobado y otro el de los que reprobaren; después dirán el número total de cada lista y publicarán la votación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 20) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.