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Artículo 162 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Mientras dure la votación, ningún diputado o diputada puede salir del salón ni dejar de votar. Esto quiere decir que todos los presentes tienen la obligación de quedarse en su lugar y emitir su voto. Si alguien se sale o se niega a votar, estaría violando esta regla.

Texto oficial

Artículo 162.- Mientras ésta se verifica, ningún miembro de la Cámara deberá salir del Salón ni excusarse de votar.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 21) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.