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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
132

Artículo 132 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si un proyecto de ley tiene más de 30 artículos, los diputados o senadores pueden analizarlo y aprobarlo por partes, como por secciones o capítulos, en lugar de leerlo todo junto. Esto solo pasa si alguien lo propone y la Cámara donde estén votando está de acuerdo. Pero aunque se discuta por partes, al final cada artículo o fracción se vota por separado si algún miembro lo pide y la Cámara lo acepta.

Texto oficial

Artículo 132.- Todos los Proyectos de Ley que consten de más de treinta artículos podrán ser discutidos y aprobados por los libros, títulos, capítulos, secciones o párrafos en que los dividieren sus autores o las Comisiones encargadas de su despacho, siempre que así lo acuerde la Cámara respectiva, a moción de uno o más de sus miembros; pero se votará separadamente cada uno de los artículos o fracciones del artículo o de la sección que esté a debate, si lo pide algún miembro de la Cámara y ésta aprueba la petición.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 18) ↗

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