Artículo 125 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando alguien propone agregar algo a la ley, primero se lee esa propuesta y se escuchan las razones de quien la hizo. Después, se pregunta de inmediato si se acepta o no discutirla. Si se acepta, se envía a un grupo de expertos (comisión) para que la analicen. Si no se acepta, la propuesta se rechaza y ya no se vuelve a considerar.
Texto oficial
Artículo 125.- Leída por primera vez una adición, y oídos los fundamentos que quiera exponer su autor, se preguntará inmediatamente si se admite o no a discusión. Admitida, se pasará a la Comisión respectiva; en caso contrario, se tendrá por desechada.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.