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Artículo 125 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando alguien propone agregar algo a la ley, primero se lee esa propuesta y se escuchan las razones de quien la hizo. Después, se pregunta de inmediato si se acepta o no discutirla. Si se acepta, se envía a un grupo de expertos (comisión) para que la analicen. Si no se acepta, la propuesta se rechaza y ya no se vuelve a considerar.

Texto oficial

Artículo 125.- Leída por primera vez una adición, y oídos los fundamentos que quiera exponer su autor, se preguntará inmediatamente si se admite o no a discusión. Admitida, se pasará a la Comisión respectiva; en caso contrario, se tendrá por desechada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 17) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.