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Artículo 143 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si una ley se aprueba de manera rápida, sin pasar por todos los pasos normales ni el análisis de una comisión, entonces la Cámara de Diputados debe formar un grupo especial para informarle al Senado. Ese grupo será encabezado por el diputado que propuso originalmente la ley, siempre y cuando sea parte de la Cámara. Esto aplica solo cuando se saltan los trámites usuales.

Texto oficial

Artículo 143.- Si la ley de que se trate hubiere sido aprobada con dispensa de trámites y aún sin el dictamen de la Comisión, entonces la que nombre el Presidente de la Cámara para ir a informar a la revisora, deberá ser presidida por el autor del proyecto que motivare ese incidente, si fuere algún miembro de la Cámara.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.