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Artículo 142 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando hay un asunto muy importante o que no puede esperar, se puede saltar el paso de hacer el resumen del documento. En lugar de eso, el Presidente nombra a un grupo de personas (una Comisión) para que vayan a la otra Cámara del Congreso. Al entregar los papeles originales, esta Comisión debe explicar de qué trató la discusión y por qué el caso es tan grave o urgente.

Texto oficial

Artículo 142.- En los casos graves o urgentes se podrá omitir el extracto a que se refiere el artículo anterior; pero pasará una Comisión nombrada por el Presidente a la Cámara revisora, para que, al entregar el expediente original, informe sobre los principales puntos de la discusión y exponga los fundamentos que motiven la gravedad o urgencia del caso.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.