Artículo 141 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un proyecto de ley pasa de la Cámara de Diputados a la de Senadores (o al revés) para que lo revisen, debe ir firmado por el Presidente y dos Secretarios de la Cámara que lo envió. También hay que adjuntar todos los papeles del caso, el resumen de lo que se discutió y cualquier otro documento que usaron para tomar la decisión. Si esos documentos ya están impresos, solo necesitan tener las páginas numeradas y el sello de la Secretaría.
Texto oficial
Artículo 141.- Los proyectos que pasen de una a otra Cámara para su revisión, irán firmados por el Presidente y dos Secretarios, acompañados del expediente respectivo, del extracto de la discusión y demás antecedentes que se hubieren tenido a la vista para resolver aquéllos. Respecto a los documentos que obren impresos en el expediente será bastante que vayan foliados y marcados con el sello de la Secretaría.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.