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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
64

Artículo 64 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Para cambiar, quitar o explicar una ley, se deben seguir los mismos pasos que se usaron para crearla desde cero. O sea, no se puede modificar una ley a escondidas o sin el mismo proceso. Esto aplica también para las comisiones que estudian las leyes, que deben cumplir con esos trámites. En pocas palabras, todo el proceso de hacer leyes debe ser parejo y transparente.

Texto oficial

Artículo 64.- En la interpretación, reforma o derogación de las leyes se observarán los mismos trámites establecidos para su formación. De las Comisiones

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 11) ↗

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