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Artículo 63 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cada vez que se presente una nueva ley en el Congreso, si el tema no es algo que solo le toque decidir a una de las dos Cámaras (Diputados o Senadores), las dos tendrán que discutirla por turnos. Primero la analiza una Cámara y después la otra, una detrás de la otra. En ese proceso, ambas deben seguir el mismo reglamento sobre los tiempos, cómo se hacen los debates y cómo se llevan a cabo las votaciones.

Texto oficial

Artículo 63.- Todo Proyecto de Ley cuya resolución no sea exclusiva de una de las dos Cámaras, se discutirá sucesivamente en ambas, observándose este Reglamento respecto a la forma e intervalos y modo de proceder en las discusiones y votaciones.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 11) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.