Artículo 171 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El día en que terminen las sesiones normales del Congreso, justo después de cerrarlas, los diputados y senadores que fueron elegidos para ser parte de la Comisión Permanente se juntarán en el salón de la Cámara de Diputados. Ahí, quien tenga el primer lugar según el orden alfabético de apellidos (y si hay apellidos iguales, también por nombres) será el presidente temporal, y él elegirá a dos secretarios que lo ayuden. Entre todos, votarán para escoger a un Presidente, un Vicepresidente y cuatro Secretarios. De esos cuatro secretarios, dos deben ser diputados y dos senadores.
Texto oficial
Artículo 171.- En el mismo día de la clausura de las sesiones ordinarias del Congreso General, e inmediatamente después de esta ceremonia, los diputados y senadores que, con arreglo al artículo 78 de la Constitución, hubieren sido elegidos en sus respectivas Cámaras para formar la Comisión Permanente, se reunirán en el salón de sesiones de la Cámara de Diputados; y bajo la presidencia del individuo a quien corresponda el primer lugar por orden alfabético de apellidos, y de nombres, si hubiere dos o más apellidos iguales, ayudado por dos Secretarios de su elección, procederá a nombrar por mayoría de votos un Presidente, un Vicepresidente y cuatro Secretarios. De estos últimos dos deberán ser diputados y dos senadores.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.