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Artículo 172 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Mesa de la Comisión Permanente solo trabaja cuando el Congreso está en receso (es decir, cuando los diputados y senadores no están sesionando). El Presidente y Vicepresidente de esa Mesa se eligen de forma alternada: en un receso, ambos son diputados; en el siguiente receso, ambos son senadores.

Texto oficial

Artículo 172.- La Mesa de la Comisión Permanente ejercerá sus funciones durante el receso de las Cámaras para el cual fue elegida. En un período de receso el Presidente y Vicepresidente serán elegidos entre los diputados, y en el período siguiente, entre los senadores. Artículo reformado DOF 16-10-1937, 01-11-1937

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

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