Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 173 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Una vez que ya eligieron a los miembros de la Mesa Directiva, los que ganaron empiezan a trabajar inmediatamente en sus cargos. El Presidente de la Mesa anuncia que la Comisión Permanente ya quedó formalmente instalada. Después, avisa de esto a las personas o instituciones que deban saberlo.

Texto oficial

Artículo 173.- Verificada la elección de la Mesa, los elegidos tomarán desde luego posesión de sus puestos, y el Presidente declarará instalada la Comisión Permanente, comunicándolo así a quienes corresponda.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 22) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.