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Artículo 83 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Los Presidentes de las Comisiones son los encargados de cuidar los documentos que les toca revisar. Por eso, tienen que firmar un recibo en un libro especial para confirmar que los recibieron. Su responsabilidad termina hasta que devuelvan esos documentos.

Texto oficial

Artículo 83.- Los Presidentes de las Comisiones son responsables de los expedientes que pasen a su estudio, y a este efecto, deberán firmar el recibo de ellos en el correspondiente libro de conocimientos. Dicha responsabilidad cesará cuando fuesen devueltos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 13) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.