Artículo 73 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 73 dice que la Gran Comisión, que es un grupo de personas dentro de una organización, tiene que elegir a su Presidente y a su Secretario solo entre sus propios miembros. Esta elección se hace en voto secreto y gana quien tenga más votos. El Presidente y el Secretario van a estar en su puesto todo el tiempo que dure la Comisión. Además, la Comisión solo puede tomar decisiones si está presente más de la mitad de sus integrantes.
Texto oficial
Artículo 73.- Para poder funcionar nombrará la Gran Comisión, de entre sus miembros, en escrutinio secreto y a mayoría de votos, un Presidente y un Secretario, que durarán en su cargo tanto como la misma Comisión, la que no podrá deliberar sino con la mayoría de los miembros que deban componerla.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.