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- Ley
- REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo
- 68
Artículo 68 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Cada año se cambia a todo el grupo de personas que forman la Comisión de Administración. La elección de los nuevos miembros se hace en la primera junta de cada periodo normal de trabajo.
Texto oficial
Artículo 68.- La Comisión de Administración se renovará cada año y se elegirá en la primera sesión de cada período ordinario. Artículo reformado DOF 16-10-1937, 01-11-1937
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