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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
103

Artículo 103 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los diputados y senadores no pueden hablar por más de media hora seguida en el Congreso, a menos que la Cámara les dé permiso para alargarse. Esto aplica para cualquier tema que estén discutiendo. La idea es que nadie acapare la palabra y todos tengan oportunidad de participar.

Texto oficial

Artículo 103.- Los discursos de los individuos de las Cámaras sobre cualquier negocio, no podrán durar más de media hora, sin permiso de la Cámara.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 15) ↗

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Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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