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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
43

Artículo 43 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando terminen todos los temas que se trataron en la sesión permanente (esa junta que no para hasta resolver lo que haya), se va a leer, discutir y aprobar el acta de esa sesión. El acta es el documento donde se escribe todo lo que se dijo y acordó. Básicamente, antes de cerrar la junta, todos revisan y votan si están de acuerdo con lo que se anotó. Así se aseguran de que quede bien claro lo que pasó.

Texto oficial

Artículo 43.- Resuelto el asunto o asuntos de que se hubiere ocupado la sesión permanente, se leerá, discutirá y aprobará el acta de la misma.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 9) ↗

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