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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
110

Artículo 110 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se haga una propuesta para suspender algún asunto en la Cámara de Diputados o Senadores, primero se lee la propuesta en voz alta. Luego, solo se escucha a la persona que la propone si quiere explicarla, y a alguien que esté en contra, si lo hay. Después se pregunta a todos los presentes si quieren discutirla de inmediato. Si la mayoría dice que sí, se discute y se vota en ese momento, pudiendo hablar tres personas a favor y tres en contra; si la mayoría dice que no, la propuesta se da por rechazada y ya no se vuelve a considerar.

Texto oficial

Artículo 110.- En el caso de moción suspensiva, se leerá la proposición, y sin otro requisito que oír a su autor, si la quiere fundar y a algún impugnador, si lo hubiere, se preguntará a la Cámara si se toma en consideración inmediatamente. En caso afirmativo se discutirá y votará en el acto, pudiendo hablar, al efecto, tres individuos en pro y tres en contra; pero si la resolución de la Cámara fuese negativa, la proposición se tendrá por desechada.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 16) ↗

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