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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
29

Artículo 29 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los miércoles, en las sesiones de la Cámara, se van a ver primero los asuntos de personas comunes y corrientes. Después de atender esos casos, pueden revisar temas del gobierno. Pero si hay algo muy urgente que resolver, el Presidente puede adelantarlo aunque sea miércoles.

Texto oficial

Artículo 29.- Las sesiones del miércoles de cada semana se destinarán a tratar de preferencia los negocios de particulares; pero podrán también ocuparse en asuntos públicos, después de aquéllos o cuando éstos sean de urgente despacho, a juicio del Presidente.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 7) ↗

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