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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
199

Artículo 199 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando el Tesorero empiece a trabajar, primero tiene que entregar una fianza (un tipo de seguro o garantía) que cubra su buen manejo del dinero, igual que lo dicen las leyes para otros puestos similares. Además, un grupo llamado Comisión de Administración se encargará de revisar cómo maneja la Tesorería y de vigilar que todo esté en orden.

Texto oficial

Artículo 199.- El Tesorero entrará a ejercer su cargo otorgando la fianza correspondiente con los requisitos y bajo la responsabilidad que para los de igual clase previenen las leyes. La vigilancia del manejo de la Tesorería quedará a cargo de la Comisión de Administración.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 25) ↗

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