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Artículo 24 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando se nombre a un Secretario o Prosecretario (que son los altos cargos que apoyan el trabajo de las Cámaras del Congreso), se debe avisar a la otra Cámara, al Presidente y a la Suprema Corte de Justicia. Esto es para que todos estén enterados oficialmente de quién ocupará esos puestos.

Texto oficial

Artículo 24.- El nombramiento de Secretarios y Prosecretarios se comunicará a la otra Cámara, al Ejecutivo y a la Suprema Corte de Justicia.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 6) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.