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Artículo 189 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Cuando el Presidente de la República da un discurso ante el Congreso, el Presidente del Congreso (el diputado o senador que dirige la sesión) le responde, pero solo de manera general, sin entrar en detalles específicos. Es como cuando alguien da un mensaje importante y el moderador solo agradece o comenta algo amplio, sin discutir punto por punto. Esto evita debates o confrontaciones directas en ese momento.

Texto oficial

Artículo 189.- Al discurso que el Presidente de la República pronuncie en este acto, el Presidente del Congreso contestará en términos generales.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 24) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.