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Ley
REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Artículo
156

Artículo 156 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando se estén contando los votos para elegir al Presidente de México, todo el proceso de conteo y la declaración del ganador deben seguir al pie de la letra lo que dice la Ley Electoral. Esa ley establece las reglas exactas para saber quién ganó, y no se puede hacer nada fuera de lo que ahí se indica.

Texto oficial

Artículo 156.- En la computación de los votos emitidos para la elección del Presidente de la República y en todo lo que a esto se refiera para la declaración del candidato triunfante se procederá de acuerdo con la Ley Electoral respectiva.

Ver texto oficial del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos (pág. 21) ↗

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