- Ley
- REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
- Artículo
- 156
Artículo 156 del REGLAMENTO para el Gobierno Interior del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando se estén contando los votos para elegir al Presidente de México, todo el proceso de conteo y la declaración del ganador deben seguir al pie de la letra lo que dice la Ley Electoral. Esa ley establece las reglas exactas para saber quién ganó, y no se puede hacer nada fuera de lo que ahí se indica.
Texto oficial
Artículo 156.- En la computación de los votos emitidos para la elección del Presidente de la República y en todo lo que a esto se refiera para la declaración del candidato triunfante se procederá de acuerdo con la Ley Electoral respectiva.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.