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Artículo 1 de la LEY sobre Cámaras Agrícolas, que en lo sucesivo se denominarán Asociaciones Agrícolas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Esta ley se creó para establecer cómo se deben organizar y funcionar las Cámaras Agrícolas. A partir de ahora, esas cámaras van a llamarse Asociaciones Agrícolas, tal como lo indican los artículos que vienen después. En pocas palabras, solo cambia el nombre y se definen las reglas básicas para su operación.

Texto oficial

ARTICULO 1º.- La presente Ley se expide para fijar las bases de la organización y del funcionamiento de las Cámaras Agrícolas existentes que, en lo sucesivo, y de acuerdo con lo dispuesto por los artículos siguientes, se denominarán Asociaciones Agrícolas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.