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Artículo 4 de la LEY sobre Cámaras Agrícolas, que en lo sucesivo se denominarán Asociaciones Agrícolas

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los productores agrícolas de México pueden formar grupos o asociaciones a nivel local, regional o nacional. Esto significa que pueden unirse con otros agricultores de su mismo pueblo, de su misma zona o de todo el país. Estas asociaciones les ayudan a trabajar juntos y defender sus intereses como productores. No importa si la asociación es chica o grande, la ley les da permiso para organizarse de esta manera.

Texto oficial

ARTICULO 4º.- Los productores agrícolas de la República podrán reunirse en asociaciones de carácter local, regional y nacional.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.