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Ley
LEY de Capitalización del Procampo
Artículo
18

Artículo 18 de la LEY de Capitalización del Procampo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 18 dice que el Sistema debe seguir estas reglas: Primero, debe haber reglas claras sobre cuánto tiempo dura el sistema y que los productores puedan pedir los recursos antes de tiempo. Segundo, debe ser claro si los apoyos son iguales para todos o si cambian según el tipo de productor, dónde vive y cuánto dinero tiene. Tercero, debe ser transparente, es decir, publicar las reglas para pedir los apoyos, los montos y qué tipo de apoyo recibe cada quien. Cuarto, los productores deben ser responsables de cómo usan los apoyos que reciben. Quinto, se debe poder evaluar si los apoyos funcionan bien y si se están administrando correctamente, como se estableció en los proyectos y reglas.

Texto oficial

Artículo 18. El Sistema operará bajo las directrices siguientes: I. Certidumbre de su temporalidad al fijar en esta Ley la vigencia del Sistema y la posibilidad de solicitar por adelantado los recursos previstos en él; II. Precisión en cuanto a su naturaleza generalizada o diferenciada por tipo de productor, ubicación geográfica y nivel socioeconómico del beneficiario; III. Transparencia mediante la difusión de las reglas para su acceso y la publicación de los montos y el tipo de apoyo por beneficiario; IV. Responsabilidad de los productores, respecto a la utilización de los apoyos; y V. Posibilidad de evaluarlos para medir su eficiencia y administración, conforme a lo establecido en los proyectos y en las reglas previstas.

Ver texto oficial de la LEY de Capitalización del Procampo (pág. 4) ↗

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