Artículo 18 de la LEY de Capitalización del Procampo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo 18 dice que el Sistema debe seguir estas reglas: Primero, debe haber reglas claras sobre cuánto tiempo dura el sistema y que los productores puedan pedir los recursos antes de tiempo. Segundo, debe ser claro si los apoyos son iguales para todos o si cambian según el tipo de productor, dónde vive y cuánto dinero tiene. Tercero, debe ser transparente, es decir, publicar las reglas para pedir los apoyos, los montos y qué tipo de apoyo recibe cada quien. Cuarto, los productores deben ser responsables de cómo usan los apoyos que reciben. Quinto, se debe poder evaluar si los apoyos funcionan bien y si se están administrando correctamente, como se estableció en los proyectos y reglas.
Texto oficial
Artículo 18. El Sistema operará bajo las directrices siguientes: I. Certidumbre de su temporalidad al fijar en esta Ley la vigencia del Sistema y la posibilidad de solicitar por adelantado los recursos previstos en él; II. Precisión en cuanto a su naturaleza generalizada o diferenciada por tipo de productor, ubicación geográfica y nivel socioeconómico del beneficiario; III. Transparencia mediante la difusión de las reglas para su acceso y la publicación de los montos y el tipo de apoyo por beneficiario; IV. Responsabilidad de los productores, respecto a la utilización de los apoyos; y V. Posibilidad de evaluarlos para medir su eficiencia y administración, conforme a lo establecido en los proyectos y en las reglas previstas.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.