LEY de Capitalización del Procampo
Artículos explicados en lenguaje simple
- Art. 10La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada) va a crear formas para que los distintos tipos de beneficiarios del programa PROCAMPO puedan usar el Sistema fácilmente. También los va a ayudar con cosas como organizarse, capacitarse, encontrar y acordar ideas de inversión, hacer y revisar proyectos, recibir asistencia técnica de manera constante y tener acceso a los mercados. Para lograr todo esto, van a aprovechar los recursos materiales y humanos de otras instituciones del gobierno que sean las adecuadas.
- Art. 11La Secretaría va a revisar y actualizar todo el tiempo la lista de beneficiarios del PROCAMPO. Si algún productor fue sacado de esa lista sin una razón válida, o si demostró que sí cumplía con los requisitos cuando se hizo la lista actual, podrá volver a recibir el apoyo. Para repartir los recursos disponibles, van a darle preferencia a los que tengan un terreno de hasta 5 hectáreas o menos. También van a priorizar a aquellos cuyo terreno esté en el mismo municipio donde se esté actualizando el padrón.
- Art. 12El Presidente de México, cuando entregue al Congreso la propuesta de cuánto dinero piensa gastar el gobierno el próximo año (eso es el presupuesto), tiene que incluir ahí los montos necesarios para cumplir con lo que dice esta ley. En otras palabras, cada año que esta ley esté vigente, el Presidente debe asegurarse de que en su plan de gastos ya esté considerado el dinero para todo lo que esta norma ordena. Así, no puede presentar un presupuesto que no contemple esos recursos.
- Art. 13Mientras esta ley esté vigente, la Cámara de Diputados tiene que asegurarse de incluir en el presupuesto anual del gobierno el dinero necesario para el programa PROCAMPO. Ese dinero debe mantener su valor con el paso del tiempo, por lo que se va a ajustar cada año según cómo suban los precios en general (inflación). La diferencia que se genere por esos ajustes, después de descontar los gastos que surjan por usar el sistema, se le va a devolver a los beneficiarios del programa.
- Art. 14Este artículo dice que las reglas del programa PROCAMPO, que comenzó en 1994, todavía aplican, siempre y cuando no contradigan a esta nueva ley. Los apoyos económicos para los productores del campo se darán para mejorar su calidad de vida y para enfrentar problemas del mercado internacional, siguiendo lo que marca otra ley llamada de Desarrollo Rural Sustentable. Mientras haya condiciones difíciles en el comercio global, el gobierno seguirá dando estos apoyos directos a los agricultores, en los términos que esa otra ley establece.
- Art. 15Esta ley te va a apoyar si eres productor, pero solo si los proyectos que quieras hacer son viables, es decir, que sean rentables y que tengas cómo hacerlos. Para ayudarte a elegir bien, la Secretaría te va a dar información sobre nuevas técnicas que mejoren tu forma actual de producir, y también sobre otras actividades que te den mejores oportunidades en el mercado. Así podrás decidir lo que más te convenga según lo que te ofrezcan.
- Art. 16Si eres productor y quieres entrar al Sistema para recibir dinero antes de tiempo o usar esos recursos como garantía para un préstamo, tienes que cumplir estos requisitos: estar registrado en el Padrón del PROCAMPO, ser dueño del terreno que recibe ese apoyo, presentar una solicitud explicando para qué ciclos agrícolas lo necesitas y que tu proyecto sea aprobado, además de entregar los proyectos que harás con ese dinero comprometiéndote a realizarlos. Si eres persona física, debes llevar copia de tu credencial de elector, tu CURP u otra identificación oficial con foto y firma o huella; si eres una empresa, necesitas copia de la Cédula de Identificación Fiscal de tu representante legal acreditado.
- Art. 17Si entraste al programa PROCAMPO y no eres de los primeros beneficiarios, puedes decidir quedarte bajo las reglas originales del Decreto y sus normas. Si eliges eso, vas a seguir recibiendo el apoyo económico igual que antes, tal como lo dice el decreto. En otras palabras, si prefieres no cambiarte a ningún nuevo esquema, el gobierno te seguirá pagando como siempre. Solo aplica para quienes el decreto llama "los demás beneficiarios", o sea, los que no están en un grupo especial.
- Art. 18El artículo 18 dice que el Sistema debe seguir estas reglas: Primero, debe haber reglas claras sobre cuánto tiempo dura el sistema y que los productores puedan pedir los recursos antes de tiempo. Segundo, debe ser claro si los apoyos son iguales para todos o si cambian según el tipo de productor, dónde vive y cuánto dinero tiene. Tercero, debe ser transparente, es decir, publicar las reglas para pedir los apoyos, los montos y qué tipo de apoyo recibe cada quien. Cuarto, los productores deben ser responsables de cómo usan los apoyos que reciben. Quinto, se debe poder evaluar si los apoyos funcionan bien y si se están administrando correctamente, como se estableció en los proyectos y reglas.
- Art. 19El dinero del Sistema (un fondo de apoyo) se puede usar para varias cosas: pagar la inversión que necesiten los proyectos de los beneficiarios (como comprar maquinaria o semillas), servir como garantía para pedir préstamos en un banco, o para crear y fortalecer cooperativas o grupos de productores que trabajen en el campo, la cría de animales o la pesca.
- Art. 20La Secretaría va a crear las reglas para que los productores puedan acceder a los recursos de esta ley. Esas reglas se las mostrará al Congreso para que dé su opinión, y la misma Secretaría las aplicará en los trámites administrativos. También va a vigilar que el dinero se use bien en los proyectos aprobados y castigará a los productores que lo desvíen, hagan fraudes o no terminen los proyectos a tiempo. Las reglas dirán cuánto le costará al productor usar el sistema, tanto en pagos anuales como en total. Además, los recursos se entregarán por partes según avance el proyecto y lo que realmente se necesite.
- Art. 21La Secretaría, junto con un grupo de varias dependencias del gobierno y con ayuda de un consejo que representa a productores, va a definir cómo se van a fijar las tasas máximas de interés (el costo extra que se cobra por un préstamo) para que no suban mientras duren los programas de apoyo. También van a reducir los gastos financieros de los productores, sobre todo dando prioridad a la banca social (como cooperativas de ahorro) sobre la banca comercial. Los bancos no podrán cobrar más solo porque piensen que el productor es un riesgo. Además, si tienes 5 hectáreas o menos, no pagarás ningún gasto extra por participar en el Sistema.
- Art. 22La Secretaría (la dependencia del gobierno encargada del campo) revisará las quejas de los productores sobre cómo se aplica esta ley, y lo hará junto con el Consejo Mexicano para el Desarrollo Rural Sustentable (un grupo que asesora en temas del campo). Las reglas temporales dicen que esta ley empezó a aplicarse el día después de que se publicó en el periódico oficial del gobierno, el 1 de enero de 2002. Además, la Secretaría debía enviar al Congreso un informe detallado del sistema de capitalización 90 días después de publicada la ley, y después cada año, a más tardar el 30 de noviembre. Ese sistema solo estuvo vigente hasta el 31 de diciembre de 2008. Por último, cuando la ley entró en vigor, el gobierno, a través de la Secretaría de Hacienda y la de Agricultura, empezó a promover acciones para ayudar a los productores a conseguir financiamiento y capitalizarse, según lo que dice la ley.