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Artículo 11 de la LEY de Capitalización del Procampo

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

La Secretaría va a revisar y actualizar todo el tiempo la lista de beneficiarios del PROCAMPO. Si algún productor fue sacado de esa lista sin una razón válida, o si demostró que sí cumplía con los requisitos cuando se hizo la lista actual, podrá volver a recibir el apoyo. Para repartir los recursos disponibles, van a darle preferencia a los que tengan un terreno de hasta 5 hectáreas o menos. También van a priorizar a aquellos cuyo terreno esté en el mismo municipio donde se esté actualizando el padrón.

Texto oficial

Artículo 11. La Secretaría, a través del órgano competente, actualizará permanentemente el Padrón de beneficiarios del PROCAMPO y reasignará los recursos disponibles en su presupuesto, tomando en cuenta, a los productores que demuestren haber sido excluidos injustificadamente del padrón y a los que demuestren haber sido elegibles en el momento en que se estableció el padrón vigente del PROCAMPO. Para la reasignación, se preferirá a los productores titulares de un predio de 5 hectáreas o menos, así como a aquéllos cuyo predio se ubique en la demarcación municipal en donde se actualice el padrón.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 3) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.