Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/246/5
Ley
LEY de Energía para el Campo
Artículo
5

Artículo 5 de la LEY de Energía para el Campo

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que el gobierno puede dar precios más baratos o descuentos en cosas como electricidad o combustibles a los agricultores y ganaderos, para que puedan trabajar mejor y producir más. La Secretaría de Hacienda, junto con otras dependencias como las de Energía y Agricultura, va a decidir esos precios especiales tomando en cuenta la situación económica de México y del mundo. También tienen que seguir lo que dice la ley de electricidad. Y lo más importante: esos descuentos deben ser iguales para todos los productores del país, sin favoritismos.

Texto oficial

Artículo 5o. En los términos de la Ley de Desarrollo Rural Sustentable, los precios y tarifas de estímulo que se otorguen a los productores en cumplimiento de lo establecido en este ordenamiento, impulsarán la productividad y el desarrollo de las actividades agropecuarias. La Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 31 fracción X, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, en coordinación con la Secretaría de Energía, la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación y la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establecerá los precios y tarifas de estímulo de los energéticos agropecuarios, considerando las condiciones económicas y sociales prevalecientes en el ámbito nacional e internacional. También se observarán las disposiciones señaladas en los artículos 12 fracciones VI y VII y 31 de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica. Los precios y tarifas de estímulo que se autoricen para las diferentes actividades agropecuarias, serán iguales para todos los productores del país.

Ver texto oficial de la LEY de Energía para el Campo (pág. 2) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.