- Ley
- LEY de Energía para el Campo
- Artículo
- 6
Artículo 6 de la LEY de Energía para el Campo
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que el gobierno te va a dar energía (como electricidad o gas) más barata, pero solo si cumples con las reglas que ponga la Secretaría de Agricultura (SAGARPA) en su reglamento. Eso significa que para que te toque el descuento, tienes que esperar a que ellos publiquen cómo y cuándo lo van a entregar. No te dan el beneficio automático; hay que seguir sus instrucciones. Es como una oferta que aplica solo si haces lo que te piden.
Texto oficial
Artículo 6o. La cuota energética de consumo por beneficiario a precio y tarifas de estímulo, se entregará de acuerdo con las disposiciones que establezca la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación en el Reglamento respectivo.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.