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Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
17

Artículo 17 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si te dan una orden en el trabajo y te das cuenta de que claramente vas a cometer un delito o una falta grave, tienes que decírselo a tu jefe. Si tu jefe insiste en que cumplas la orden, pídele que te la dé por escrito para que tú no tengas problemas legales.

Texto oficial

Artículo 17.- Quien reciba una orden y advierta que de su ejecución puede derivarse manifiestamente la comisión de un hecho sancionable o una infracción disciplinaria, deberá exponerlo al superior que la dio y en caso de persistir la orden, la solicitará por escrito para salvaguardar su responsabilidad.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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