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Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
16

Artículo 16 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El jefe que da una orden debe asegurarse de que se cumpla, y los empleados deben hacer lo que se les pide. Si los trabajadores no hacen su labor, el jefe es el que paga las consecuencias legales por esas fallas.

Texto oficial

Artículo 16.- El superior que dé una orden, tiene el deber de exigir que se cumpla y los subalternos el de cumplir su ejecución y será responsable por las omisiones en que incurran los subalternos.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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