- Ley
- LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
- Artículo
- 20
Artículo 20 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien ataca a tu grupo, el que está a cargo debe responder con todo lo que tenga a la mano para defenderlos. También tiene la obligación de darle ánimo y motivación a su gente para que no se rinda. Además, debe evitar o detener cualquier acción que pueda bajar la moral del equipo, como el desorden o el miedo exagerado. básicamente, su papel es proteger y mantener a todos fuertes y enfocados durante una emergencia.
Texto oficial
Artículo 20.- En caso de agresión, quien ejerza el mando repelerá los ataques con todos los medios disponibles; infundirá a sus subalternos el ánimo y el entusiasmo necesarios, y evitará o reprimirá los actos que puedan originar desmoralización.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.