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Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
20

Artículo 20 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien ataca a tu grupo, el que está a cargo debe responder con todo lo que tenga a la mano para defenderlos. También tiene la obligación de darle ánimo y motivación a su gente para que no se rinda. Además, debe evitar o detener cualquier acción que pueda bajar la moral del equipo, como el desorden o el miedo exagerado. básicamente, su papel es proteger y mantener a todos fuertes y enfocados durante una emergencia.

Texto oficial

Artículo 20.- En caso de agresión, quien ejerza el mando repelerá los ataques con todos los medios disponibles; infundirá a sus subalternos el ánimo y el entusiasmo necesarios, y evitará o reprimirá los actos que puedan originar desmoralización.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 3) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

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