Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/252/26
Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
26

Artículo 26 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 26 dice que, si hay algún problema o confusión entre miembros de la Armada sobre cómo se hizo algo del trabajo, deben acatar lo que decida el jefe directo de ellos. O sea, si no estás de acuerdo con algo que pasó en el servicio, no te pongas a discutir; lo que diga tu superior es lo que se hace. Así se evitan pleitos y se mantiene el orden.

Texto oficial

Artículo 26.- Si se suscitare alguna diferencia o duda sobre cualquier acto del servicio entre el personal de la Armada, se deberá sujetar a lo que resuelva el superior de quien dependan.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.

Artículo 26 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México, explicado | Precedente Legal