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Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
28

Artículo 28 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 28 dice que todo el personal debe respetar el honor de las familias de sus jefes, compañeros y subordinados. También deben proteger ese honor, es decir, no hablar mal de ellos ni hacer cosas que los ofendan. Esto aplica para todos, sin importar el rango que tengan. En pocas palabras, hay que tratar a las familias de los demás con respeto y cuidado.

Texto oficial

Artículo 28.- El personal, respetará y será salvaguardia del honor de las familias de los superiores, de sus iguales y de los subalternos.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 4) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

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