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Ley
LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México
Artículo
31

Artículo 31 de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo dice que los trabajadores del gobierno solo deben hacer las tareas que les corresponden según su puesto o la misión que se les haya asignado. También dice que el dinero, los edificios, los vehículos y cualquier cosa que sea propiedad del país solo se pueden usar para lo que realmente necesita el servicio, siguiendo las órdenes y reglas que se hayan dado para usarlos. En otras palabras, nada de usar los recursos del gobierno para asuntos personales o cosas que no tengan que ver con el trabajo.

Texto oficial

Artículo 31.- El recurso humano sólo deberá destinarse a las labores reglamentarias inherentes a su servicio o comisión. Los recursos materiales y financieros propiedad de la nación, sólo deberán ser empleados para el fin que lo requieran las exigencias del servicio, conforme a las directivas, órdenes y consignas expedidas para su uso.

Ver texto oficial de la LEY de Disciplina para el Personal de la Armada de México (pág. 4) ↗

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