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Artículo 13 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El artículo 13 explica que el Sistema de Servicio Profesional de Carrera se divide en 7 partes, llamadas subsistemas, que son como equipos de trabajo con tareas específicas. 1. **Planeación de Recursos Humanos**: Sirve para calcular cuántos empleados necesita el gobierno y qué perfiles deben tener para hacer bien su trabajo. 2. **Ingreso**: Define cómo se recluta y elige a las personas que quieren entrar a trabajar, y qué requisitos deben cumplir. 3. **Desarrollo Profesional**: Ayuda a los empleados a planear su carrera, para que sepan cómo pueden crecer y obtener puestos más altos o mejor pagados si cumplen con ciertas reglas. 4. **Capacitación y Certificación**: Da cursos y programas para que los empleados aprendan lo básico de su dependencia, se especialicen, actualicen sus conocimientos, desarrollen habilidades, y tengan las mismas oportunidades de capacitación tanto mujeres como hombres. 5. **Evaluación del Desempeño**: Mide qué tan bien trabajan los empleados, y con base en eso se dan ascensos, premios o se garantiza que no pierdan su empleo. 6. **Separación**: Maneja los casos en que un empleado deja el sistema, ya sea temporal o definitivamente. 7. **Control y Evaluación**: Vigila que todo el sistema funcione correctamente y corrige problemas si es necesario. El reglamento dirá qué áreas del gobierno se encargan de cada parte.

Texto oficial

Artículo 13.- El Sistema comprende los Subsistemas de Planeación de Recursos Humanos; Ingreso; Desarrollo Profesional; Capacitación y Certificación de Capacidades; Evaluación del Desempeño; Separación y Control y Evaluación, que se precisan a continuación: I. Subsistema de Planeación de Recursos Humanos. Determinará en coordinación con las dependencias, las necesidades cuantitativas y cualitativas de personal que requiera la Administración Pública para el eficiente ejercicio de sus funciones; II. Subsistema de Ingreso. Regulará los procesos de reclutamiento y selección de candidatos, así como los requisitos necesarios para que los aspirantes se incorporen al Sistema; III. Subsistema de Desarrollo Profesional. Contendrá los procedimientos para la determinación de planes individualizados de carrera de los servidores públicos, a efecto de identificar claramente las posibles trayectorias de desarrollo, permitiéndoles ocupar cargos de igual o mayor nivel jerárquico y sueldo, previo cumplimiento de los requisitos establecidos; así como, los requisitos y las reglas a cubrir por parte de los servidores públicos pertenecientes al Sistema; IV. Subsistema de Capacitación y Certificación de Capacidades. Establecerá los modelos de profesionalización para los servidores públicos, que les permitan adquirir: LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-01-2006 6 de 24 a) Los conocimientos básicos acerca de la dependencia en que labora y la Administración Pública Federal en su conjunto; b) La especialización, actualización y educación formal en el cargo desempeñado; c) Las aptitudes y actitudes necesarias para ocupar otros cargos de igual o mayor responsabilidad; d) La posibilidad de superarse institucional, profesional y personalmente dentro de la dependencia, y e) Las habilidades necesarias para certificar las capacidades profesionales adquiridas. f). Las condiciones objetivas para propiciar igualdad de oportunidades de capacitación para mujeres y hombres. Inciso adicionado DOF 09-01-2006 V. Subsistema de Evaluación del Desempeño. Su propósito es establecer los mecanismos de medición y valoración del desempeño y la productividad de los servidores públicos de carrera, que serán a su vez los parámetros para obtener ascensos, promociones, premios y estímulos, así como garantizar la estabilidad laboral; VI. Subsistema de Separación. Se encarga de atender los casos y supuestos mediante los cuales un servidor público deja de formar parte del Sistema o se suspenden temporalmente sus derechos, y VII. Subsistema de Control y Evaluación. Su objetivo es diseñar y operar los procedimientos y medios que permitan efectuar la vigilancia y en su caso, corrección de la operación del Sistema. El Reglamento determinará los órganos con que la Secretaría operará uno o más de los anteriores procesos. Compete a las dependencias de la Administración Pública administrar el Sistema en la esfera de su competencia con base en la normatividad expedida por la Secretaría. Capítulo Segundo De la Estructura Funcional Sección Primera Del Subsistema de Planeación de los Recursos Humanos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.