Artículo 68 de la LEY del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
La Secretaría (que sería la Secretaría de la Función Pública) es la que se encarga de organizar todo lo relacionado con el sistema de trabajo de los empleados del gobierno. Ella debe asegurarse de que en todas las dependencias se apliquen bien las reglas y los principios que marca la ley. Además, tiene que revisar que todo funcione como debe, siguiendo lo que dice la ley, el reglamento y otras normas.
Texto oficial
Artículo 68.- La Secretaría se encargará de dirigir, coordinar, dar seguimiento y evaluar el funcionamiento del Sistema en las dependencias y vigilará que sus principios rectores sean aplicados LEY DEL SERVICIO PROFESIONAL DE CARRERA EN LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 09-01-2006 16 de 24 debidamente al desarrollar el Sistema, de acuerdo con lo establecido por la Ley, su Reglamento y demás disposiciones aplicables.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.