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Artículo 4 de la LEY para la Comprobación, Ajuste y Cómputo de Servicios de la Armada de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que el desempeño de los marinos en la Armada de México se registra en dos tipos de documentos. Para los altos mandos (almirantes, capitanes y oficiales) se usa la "Hoja de actuación", que evalúa su trabajo en un cierto tiempo. Para los rangos más bajos (clases y marinería) se usa el "Memorial de servicios", que también califica su desempeño en un periodo específico. Ambos documentos describen cómo se portaron durante su tiempo en la Armada. En pocas palabras, son como reportes de evaluación de cada persona según su rango.

Texto oficial

ARTÍCULO 4.- La actuación del personal de la Armada de México durante su permanencia en unidades o establecimientos navales, se asentará en los documentos siguientes: I.- Hoja de actuación, es el documento en el cual se conceptúa la actuación de los Almirantes, Capitanes y Oficiales, durante determinado periodo de su vida dentro de la Armada, y LEY PARA LA COMPROBACIÓN, AJUSTE Y CÓMPUTO DE SERVICIOS DE LA ARMADA DE MÉXICO CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 12-06-2009 2 de 7 II.- Memorial de servicios, es el documento en el cual se conceptúa la actuación del personal de clases y marinería, durante determinado periodo de su vida dentro de la Armada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.