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Artículo 1 de la LEY del Registro Público Vehicular

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

Esta ley crea y organiza el Registro Público Vehicular, que es como una base de datos de todos los carros del país. Su objetivo es darle más seguridad a la hora de comprar, vender o hacer cualquier trámite con un vehículo, y aplica en todo México. El Registro forma parte del Sistema Nacional de Seguridad Pública, así que ayuda a prevenir robos y fraudes. Las autoridades federales y de los estados deben cumplir esta ley sin pasarse de sus facultades que ya les da la Constitución.

Texto oficial

Artículo 1.- La presente Ley tiene por objeto establecer y regular la operación, funcionamiento y administración del Registro Público Vehicular. Sus disposiciones son de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional. El Registro Público Vehicular es un instrumento de información del Sistema Nacional de Seguridad Pública, que tiene como propósito otorgar seguridad pública y jurídica a los actos que se realicen con vehículos. La aplicación de esta Ley y la coordinación que de ella se derive se hará con respeto absoluto de las atribuciones constitucionales que tengan las autoridades de la Federación y de las Entidades Federativas.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 1) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.